Así lo determinó la Sala Constitucional en el voto 10712-12, el cual declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto a favor de 450 indígenas cabécares de Talamanca, Limón, que carecen de agua potable.
Los magistrados ordenaron al subgerente general del AyA, Eduardo Lezama, a tomar acciones inmediatas para iniciar “los respectivos estudios técnicos, a fin de determinar la viabilidad técnica, social y jurídica de desarrollar un proyecto de acueducto en las comunidades de San Vicente, Sibuju y San Miguel, de Talamanca”.
“Es inadmisible, a la luz del imperativo de conferir tutela progresiva a los derechos económicos, sociales y culturales, que dicha institución rectora en la materia permanezca sin tomar medidas concretas tendientes a incorporar a la comunidad amparada en un proyecto, a mediano plazo, que procure el suministro de agua potable”, razonaron.
Se intentó conocer la reacción del AyA, no obstante, la oficina de prensa indicó que no podría dar una respuesta sino hasta el lunes.