El nuevo Reglamento a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, que el Presidente de la República y el Ministro de Ambiente firmaron el jueves de la semana pasada, regulará el uso de la fauna en actividades audiovisuales, permitiendo solo la emisión de imágenes que fortalezcan el respeto a los animales.
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"Entonces, estas imágenes donde se ve a una persona alimentando a un animal silvestre ya no se podrían emitir, tampoco publicidad de personas tocando delfines o turistas alzando perezosos. Eso lo que demuestra es mascotización y tiene multa en la ley. Lo que se persigue es lograr un cambio en el comportamiento de las personas", explicó Natalia Batista, quien es asesora de la viceministra de Ambiente.
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La nueva normativa aplica a campañas publicitarias, documentales, reportajes, rodajes y filmaciones, entre otros. El Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) será el encargado de diseñar el protocolo.
Uno de los requisitos que se pedirá a quienes produzcan materiales audiovisuales es incluir, en los créditos, la siguiente leyenda: "La fauna silvestre debe permanecer en su hábitat y condiciones naturales. Las filmaciones hechas en Costa Rica incentivan el respeto y conservación de la fauna y flora silvestre".
Asimismo, el uso de imágenes o videos que muestren a personas en contacto directo con la fauna silvestre se permitirá solamente en procedimientos veterinarios o técnico-científicos orientados a la conservación.
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En esos casos, la manipulación del animal solo podrá ser realizada por personal capacitado del centro de rescate, zoológico o zoocriadero. En este sentido, se prohíbe que el personal administrativo o de apoyo, los voluntarios y turistas toquen a los animales.
"Ahora, si la persona visita un zoológico y quiere tomar una foto sin fines comerciales y como recuerdo de su visita, lo podrá hacer, siempre y cuando no manipule al animal y cumpla con las normas del sitio de manejo", aclaró Batista.
Bajo la nueva normativa, las personas no pueden alimentar a los animales del todo, está prohibido en centros de rescate, zoológicos o zoocriaderos, como ocurre en la actualidad en algunos sitios de este tipo.
El transporte de animales al set de televisión o filmación requerirá permiso del Sinac y la manipulación de los mismos estará a cargo del personal técnico del sitio de manejo (centro de rescate, zoológico o zoocriadero).
La nueva normativa entrará a regir una vez sea publicada en el diario oficial La Gaceta y con ella se hará operativa la Ley de Conservación de la Vida Silvestre (N° 7317), la cual fue reformada en el 2012 mediante un proyecto de ley presentado por iniciativa popular.