La Sala Constitucional respaldó una decisión del Banco de Costa Rica (BCR) la cual limitó el libre acceso a información pública relacionada con los salarios de sus funcionarios.
Los magistrados dieron por válido que el Banco pusiera una clave secreta a un archivo electrónico con los datos públicos requeridos por el semanario El Financiero, impidiéndole analizar esa información en una computadora.
Se trata de un archivo con 45.000 filas que representan el ingreso mensual de los empleados de la entidad bancaria. En total, el archivo contiene medio millón de datos.
La Sala resolvió lo anterior en respuesta a un recurso de amparo interpuesto por dos periodistas de El Financiero contra la entidad bancaria.
El Semanario había solicitado al Banco la base de datos para hacer un análisis periodístico. La resolución de la Sala fue notificada este jueves.
“Es una forma clara de censura: si usted pide la base de datos con los salarios de todo el sector público, la mejor forma de echar a perder su investigación y atrasarla por años es ponerle una clave secreta. El ciudadano queda obligado a pasar a mano los datos a una hoja de cálculo nueva para que la computadora procese la información. La Sala elimina de facto el acceso efectivo y real a la información pública digitalizada”, declaró el periodista Alejandro Fernández, uno de los accionantes.
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La Sala avaló la protección de archivos digitales con claves, “en aras de impedir que la información sea manipulada y que se produzcan errores que pudiesen atribuirse a la fuente original de información”, se lee en el fallo.
Para el experto internacional en datos abiertos, Juan Manuel Casanueva, este argumento no tiene sustento porque la institutución que suministra los datos siempre tendrá el control de sus propios archivos.
“En caso de que hubiera una diferencia entre lo que un usuario diga o publique con esos datos, siempre se puede contrastarcon el archivo original”, explicó.
La Sala indicó que no se está negando el acceso, ya que los usuarios pueden imprimir o transcribir a mano la información para analizarla. “Los amparados alegan que la cantidad de información es mucha para ser procesada por un medio diferente al computarizado; fueron ellos mismos quienes solicitaron esa cantidad de datos”, resolvieron los magistrados.
“Me parece una falta de comprensión de lo que implica el acceso a la información pública. Esta tiene que incluir la capacidad de analizarse haciendo uso de las tecnologías de la información”, indicó Ignacio Alfaro, miembro de la organización Abriendo Datos y de la Comisión para Gobierno Abierto. Agregó que esto es necesario para que la sociedad, efectivamente, se vea beneficiada con el acceso a la información.
Contradicción. El fallo es contrario a la postura que ha tomado el Gobierno Central sobre la apertura de información, que es uno de los principios de la Alianza Global para el Gobierno Abierto, de la cual es país forma parte.
Los estándares internacionales que apoya el gobierno establecen que los datos públicos deben ser accesibles, modificables yse debe permitir su reutilización y redistribución.
“Cualquier gobierno que adopte o hable sobre gobierno abierto debe de ser congruente con políticas de apertura de datos en formatos que puedan ser utilizados y procesados por máquinas”, explicó Casanueva.
Al respecto, el ministro de Comunicación Mauricio Herrera indicó que respetan el fallo de la Sala y que de parte del Ejecutivo van a continuar promoviendo lapublicación de información en formatos libres, para contribuir con la rendición de cuentas.
“Me parece que dentro de una democracia tan vigorosa, el solo hecho de plantear el debate de un asunto que para las cortes es novedoso, es un avance”, expresó .
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Estándares globales: ¿Cuáles son los principios de los datos abiertos?
1-Disponibilidad: La información debe estar disponible en una forma conveniente y modificable.
2- Reutilización y redistribución: Los datos debe poder ser reutilizados y redistribuidos. No debe haber ningún obstáculo tecnológico para acceder, reusar y redistriuir.
3-Universalidad: Todos deben poder utilizar, redistribuir y reutilizar la información. No debe haber discriminación alguna.
Fuente: www.opendatahandbook.com
Nota del editor: Esta información se actualizó el domingo 7 de agosto de 2016, a las 10:12 a.m.