La Superintendencia General de Valores (Sugeval) podrá echar mano al capítulo de sanciones que está estipulado en la Ley reguladora del mercado de valores , después de que la Sala IV rechazó una acción de inconstitucionalidad planteada contra esa normativa.
La sentencia N° 13329 indica que la acción de inconstitucionalidad que pretendía dejar sin efecto el capítulo de sanciones de la citada ley fue declarada “parcialmente sin lugar y a la vez fue parcialmente rechazada de plano”.
La impugnación tuvo como impulsor al puesto de bolsa Financorp, que objetó los artículos 158 y 160 de la Ley reguladora del mercado de valores y contra las resoluciones de la Sugeval, SGV-163-2000 y SGV-278-2001.
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) intervino Financorp a finales del 2004. Fue declarada en quiebra a inicios del año pasado.
Cuatro años antes, Financorp había impugnado el capítulo de sanciones.
La Sugeval informó que no ha recibido de manera formal ninguna comunicación del pronunciamiento por parte de la Sala IV.
Añadió que el efecto inmediato que este fallo tendría es que el Conassif debería pronunciarse respecto a los recursos de apelación presentados en varios casos contra resoluciones de la Superintendencia y que se encontraban pendientes de una solución.
Para la Superintendencia, es indispensable conocer los alcances y consecuencias de la resolución, dijo en un boletín de prensa.