San José.
El Banco Central de Costa Rica (BCCR) puso marcha atrás a la decisión de limitar a la banca en la administración de sus dólares, adoptada en diciembre anterior.
El primer movimiento para dar tal viraje se informó este jueves, cuando el ente emisor propuso eliminar la reforma que modificó el Reglamento para las Operaciones Cambiarias de Contado.
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Esta reforma, de finales del 2016, impuso a las entidades financieras la obligación de que la posición propia autorizada en dólares (los activos en dólares menos los pasivos en dólares) como proporción del patrimonio total, debería ser igual al activo en dólares como proporción del activo total.
En otras palabras, que la proporción del patrimonio en dólares de cada banco debe ser igual a la proporción de su activo en esa moneda.
Esta medida fue muy criticada por las entidades financieras, pues iba a significar que algunos bancos tuvieran que vender muchos dólares y otros se vieran obligados a comprar miles de millones de colones.
Ahora, el BCCR pretende que estos cambios se eliminen y justificó su decisión, en parte, en el hecho de que la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) sometió a consulta una propuesta normativa que atiende su objetivo inicial, de lograr la neutralidad de la suficiencia patrimonial de los bancos ante variaciones en el tipo de cambio.
La propuesta de normativa de Sugef se denomina Reglamento sobre la Administración del Riesgo de Mercado, de Tasas de Interés y de Tipos de Cambio (Acuerdo Sugef 23-17), y también fue presentado este jueves.
Con esta nueva regla cada institución financiera debe gestionar su propio riesgo cambario.
Tanto la propuesta del BCCR como la de Sugef fueron enviadas a consulta y se está en el proceso de recepción de observaciones.
El Central especificó que, mientras se termina el proceso de consulta, sigue vigente la directriz de diciembre anterior.
Nuevas reglas.
"La propuesta reglamentaria (Acuerdo Sugef 23-17) reconoce que existen diferentes objetivos según sea la naturaleza de la posición en moneda extranjera. Para ello, el Acuerdo contempla que las entidades financieras deben, en función de su naturaleza, establecer dos componentes en la posición en moneda extranjera", argumentó la Sugef en un comunicado.
Javier Cascante, jerarca de Sugef, explicó que la regulación propuesta exigirá a los intermediarios financieros, establecer marcos robustos en la gestión del riesgo de mercado, tasas de interés y tipo de cambio.
Cascante agregó que es necesario que las instituciones financieras cuenten con una estrategia para gestionar el riesgo de mercado (incluido el riesgo de tipos de cambio) y el riesgo de tasa de interés.
Por otra parte, el reglamento establece que será necesario que la medición de la solvencia de los bancos (suficiencia patrimonial) refleje de forma adecuada el riesgo de tipo de cambio y la gestión de dicho riesgo por parte de las entidades financieras. Es por ello que la propuesta regulatoria contempla ajustes en esta materia.
Para el Superintendente los principales beneficiados de esta nueva regulación serán los usuarios de los servicios de intermediación financiera.
"Cuando la regulación esté vigente, el sistema financiero costarricense dará otro paso decidido en aras de una mayor robustez en la administración de los riesgos. Debe entenderse que es altamente inconveniente para las entidades financieras no considerar en sus prácticas de gestión de riesgos, los efectos de la variabilidad de las tasas de interés (locales e internacionales) y de los tipos de cambio", aseguró Cascante.