El Poder Judicial pagó ¢7.270 millones de más a jubilados con base en una polémica norma que dio beneficios adicionales a 435 pensionados.
Así lo determinó un informe de la Superintendencia de Pensiones (Supén,) del cual tiene copia La Nación, y que conocieron los magistrados de la Corte Plena el pasado 12 de enero.
El documento de la Supén SP-1227-2014 concluyó que el grupo de 435 retirados judiciales obtuvo, entre enero del 2000 y mayo del 2014 –periodo en que estuvo vigente la regla IV– un pago adicional en su pensión al cual no tenían derecho.
Los magistrados crearon dicha norma en el 2000, pero la anularon el año pasado, después de que tres diferentes informes la tacharan de ilegal.
La norma permitió a los trabajadores la jubilación a los 55 años de edad y con un monto de pensión equivalente al promedio de los últimos 12 salarios.
La ley indicaba que lo correcto era a los 62 años y con un monto de pensión basado en el promedio de los últimos 24 sueldos.
La Superintendencia concluyó que el gasto de más significó, a mayo anterior, el equivalente al 2% del patrimonio neto del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.
El informe se conoce en momentos en que organizaciones de trabajadores judiciales piden mayor rigor en el manejo del sistema.
El fondo de pensiones del Poder Judicial se creó en 1937. Actualmente, tiene 3.418 jubilados, 12.105 empleados activos cotizantes y administra ¢385.867 millones, según los estados financieros del régimen a febrero anterior.
En espera. La Supén pidió a la Corte establecer las responsabilidades legales contra quienes aprobaron la creación de la regla IV, además de indicar el mecanismo que utilizarán para recuperar las concesiones erróneas de recursos del régimen.
“Hay que establecer procesos para recuperar las sumas que se pagaron de más (...). Las pensiones de los beneficiarios deben ajustarse porque el error no genera derecho”, enfatizó Édgar Robles, jerarca de la Supén.
Ana Eugenia Romero, directora ejecutiva del Poder Judicial, confirmó que no se ha adoptado ningún acuerdo ante la solicitud de la Superintendencia.
Los magistrados están a la espera de que la Sala IV resuelva una acción de inconstitucionalidad contra la figura de lesividad. Esto se da cuando una institución pública elimina un beneficio otorgado de manera errónea.
“La acción se encuentra en estudio por parte de la Sala Constitucional. En consecuencia, las consultas (sobre recuperar los montos pagados de más) serán objeto de análisis una vez que la Sala resuelva”, afirmó Romero.
El año pasado, cuando se revocó la regla IV, hubo una amplia discusión en la Corte Plena sobre si es posible legalmente iniciar procesos contra pensionados que obtuvieron su jubilación bajo el principio de la buena fe.