Las sociedades que no cancelaron el impuesto a las personas jurídicas entre los años 2012 y 2015, ya sienten el efecto de tal incumplimiento.
El Registro disolvió las empresas que adeudaban tres períodos y canceló su inscripción registral. Esas sociedades quedaron sin representación legal y con serios problemas para recuperar sus bienes muebles, inmuebles e incluso dineros en cuentas bancarias. Urge entonces brindar una salida legal que permita la recuperación de activos e incluso la reactivación de las empresas disueltas.
El diputado Gerardo Vargas presentó una moción de reforma al transitorio II de la ley actual, en el siguiente sentido:
“A las sociedades mercantiles, las subsidiarias de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitada, que dentro de la fecha de vigencia de la presente ley y el 15 de diciembre de 2017, hayan cancelado las sumas adeudadas por concepto de la Ley No. 9024, Impuesto a las Personas Jurídicas, de 23 de diciembre de 2011, podrán hacer el pago de los períodos adeudados a partir de los años 2012 a 2015, según la norma anteriormente citada, sin que deban cancelar intereses o multas correspondientes”.
Y agrega: “Las personas jurídicas que hayan sido disueltas habiendo cancelado las sumas adeudadas dentro del plazo que establece este párrafo, podrán presentar ante el Registro Nacional la solicitud de su reinscripción en las mismas condiciones y términos en las que se encontraba al momento de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva. Tendrán tiempo hasta el 18 de enero del 2018 para presentar la solicitud de reinscripción, luego de cancelados los montos adeudados”.
“Dicha reinscripción –sigue– se hará a solicitud de los socios de la sociedad que ostenten al menos el 51% de las acciones y deberán comparecer en escritura pública, previa publicación de un edicto en el La Gaceta . Dicha solicitud de reinscripción será sometida a calificación registral”.
Con esto se lograría cobrar los impuestos, recuperar los bienes y revivir las sociedades disueltas. En forma optimista, el proyecto se ha denominado “Lázaro” y sin duda tendrá el apoyo y beneplácito de todos los contribuyentes.