Política Económica

Clave fiscal: Estados financieros auditados para grandes contribuyentes nacionales

Para cumplir con esta obligación, se estipula un plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del período fiscal.

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A partir de la modificación de la resolución número DGT-R-46-2014, publicada en el diario oficial La Gaceta el 15 de febrero del 2024, todas aquellas empresas calificadas como grandes contribuyentes nacionales, y que como resultado del ejercicio económico anual no tengan que pagar impuestos al cierre del período fiscal o bien presenten pérdidas fiscales, deberán presentar ante la Administración Tributaria el informe de sus estados financieros debidamente auditados por un contador público autorizado.








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