San José
El diputado del Partido Acción Ciudadana, Ottón Solís, envió una nueva nota al ministro de Hacienda, Helio Fallas, reclamando que la reforma al reglamento de compras públicas que publicó dicha cartera mantiene la posibilidad de realizar compras en papel, entre otras críticas, lo cual contradice la ley que impulsó el legislador en la Asamblea Legislativa.
"Respecto a la última reforma, realizada mediante decreto ejecutivo DE-40538, deseo manifestarle que esta conserva intacto el artículo 11 (reformado anteriormente mediante decreto DE-40270), por lo que la posibilidad de que las instituciones utilicen trámites en papel sigue vigente. Señor Ministro, esta excepción no tiene asidero ya que con ella no se reglamenta las disposiciones de ley 9395 sino que se "legisla" y se crea una excepción que dicha ley no contempla", señala la nota, con fecha del 13 de setiembre.
El Ministerio de Hacienda le respondió con otra carta, del 18 de setiembre, en la cual le insiste en que la autorización para realizar procedimientos mediante medios físicos se otorgó mediante la Ley de Contratación Administrativa.
"Es claro que, únicamente ante impedimento de dicho sistema, por fuerza mayor o por caso fortuito, entre los más relevantes, todo procedimiento deberá desarrollarse en el Sicop (Sistema de Compras Públicas)", explicó el ministro de Hacienda, a. i., Fernando Rodríguez Garro, en la misiva.
Una ley, un reglamento y una reforma al reglamento
La Ley 9395, publicada en La Gaceta del 13 de setiembre del 2016, establece que toda la actividad de contratación regulada que realicen las instituciones públicas bajo cualquier régimen debe realizarse mediante el sistema digital unificado de compras públicas. El Gobierno estableció que dicho sistema sería el Sicop.
Esta ley daba un plazo de un año para que todas las instituciones ingresaran al sistema, pero no se cumplió. Según la información proporcionada por la Dirección General de Bienes y Contratación Administrativa, que de un total de 330 entidades públicas, a la fecha, 118 se encuentran comprando en Sicop o en implementación con contratos de suscripción, lo que representa un 35,76% del total. El restante 64,24% no han dado respuesta a lo ordenado en la Ley No. 9395.
Sector público incumplirá plazo de ley para unificar compras
El decreto DE-40538, publicado en el alcance número 68 de La Gaceta del 27 de marzo del 2017, reglamentó dicha ley, y estableció, en su artículo 11, que cuando exista impedimento para realizar una contratación por medio del Sicop, acreditado mediante resolución razonada, se podrá excepcionalmente tramitar un expediente físico.
Solís había enviado una carta, el 3 de abril pasado, en la cual instaba al presidente de la República, Luis Guillermo Solís, a modificar dicho reglamento y ajustarlo a lo que dice la ley.
Reglamento para compras públicas digitales permite adquisiciones en papel
Fallas le había contestado a Solís, en otra carta, del 2 de mayo, que el papel solo se usaría en casos fortuitos, previstos en el artículo 3 de la Ley de Contratación Administrativa.
"El caso fortuito puede acaecer ante la caída del sistema por razones de fuerza mayor; todo ello previsto de forma excepcional, y debidamente acreditado mediante resolución razonada", había explicado Fallas en la misiva.
Hacienda mantiene opción de utilizar papel en compras públicas electrónicas
El Ministerio de Hacienda publicó una modificación al reglamento, el 10 de agosto pasado, mediante el decreto 40538–H, pero para Solís todavía no se corrigen los errores del anterior.
Además, de mantener la posibilidad de hacer compras en papel, Solís señala que dicho reglamento mantiene intactos los transitorios introducidos en la reforma anterior los cuales permiten un "paso gradual y progresivo" de las entidades al Sicop, mientras que la Ley definió un plazo de un año (prorrogable por seis meses) para que las entidades se incorporen, señaló Solís.
"En cuanto a los transitorios incluidos en la reforma que nos ocupa, también debo insistir en que el reglamento no rebasa de ninguna manera los plazos otorgados en la Ley 9395 (...). El Poder Ejecutivo, dentro de sus atribuciones y competencias, ha tomado acciones para que lo dispuesto en la Ley precitada sea atendido dentro de los plazos ahí dispuestos", le contestó Garro.
Solís añadió que el artículo 148bis del reglamento contradice el artículo 40bis de la ley.
El artículo 40 señala: "Toda institución pública que realice cualquier tipo de contratación regulada en esta ley deberá incluir un vínculo en sus páginas web, para que la ciudadanía acceda a la página del Sistema digital unificado de compras públicas".
Mientras que el 148 bis del reglamento limita la disposición a aquellas instituciones que posean página web.
Rodríguez señaló en la carta que comparte la preocupación de que las entidades no estén atendiendo lo que establece la Ley 9395 y están trabajando para que sean incorporadas a la brevedad posible.
Solís también consultó que hay artículos del reglamento que hacen referencia al "reglamento de uso del sistema" y pidió aclarar si dicho reglamento ya existe, si debe ser reformado o bien si es un reglamento pendiente de elaboración.
Rodríguez le contestó que el reglamento al que se refiere Solís está siendo revisado y que por el momento se utiliza el de Mer Link, que fue el sistema que se unió con Compra Red para crear el Sicop.