La carretera Chilamate-Vuelta de Kooper le costará unos ¢900 millones más a los contribuyentes, luego de que el MOPT perdió un arbitraje con la constructora Sánchez Carvajal por la forma en que se calculó el costo de la obra.
Así lo estableció el Centro de Resolución de Conflictos del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), adonde la empresa demandó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y al Estado tras más de un año de pugnas.
De la defensa del Ministerio se encargó la Dirección Jurídica de Casa Presidencial.
Esta ruta de 27 kilómetros, que conecta San Carlos con Sarapiquí, fue habilitada provisionalmente el pasado 23 de agosto después de cinco años de construcción, tres años más de lo previsto originalmente.
Antes del fallo del Centro de Resolución de Conflictos, la obra había consumido ¢49.920 millones ($74 millones), un 42% más del monto pactado en un principio, debido principalmente al desarrollo de obras adicionales.
Sánchez Carvajal cuestionó la forma en que el MOPT le pagó cuatro rubros del contrato; el Centro de Resolución de Conflictos le dio la razón en tres de ellos: el de base granular, excavación para estructuras (como alcantarillas) y excavación para préstamo estructural clase dos.
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Por ejemplo, en el caso de la base granular, el MOPT sostenía que la obra a pagar debía calcularse una vez que el material es compactado y colocado sobre la vía. La constructora, en cambio, alegó que se le debía pagar por vagoneta de material.
La gerenta de la unidad ejecutora del proyecto, María del Carmen Gallardo, declaró que el método que pide la constructora incrementa en un 30% el costo de ese rubro.
Ella sostiene, además, que durante un año Sánchez Carvajal calculó los rubros según el criterio del MOPT y que fue, hasta pasado ese lapso, que alegó un error en el pago.
“Nosotros defendimos nuestro criterio y, si llegamos hasta el CFIA, es porque nosotros estamos plenamente convencidos de que tenemos la razón, que no procedía (el pago), pero otra cosa es el Colegio con su arbitraje, con el perito que presentó”, dijo Gallardo.
Gran parte del diferente obedece a que, para desarrollar este proyecto, el Ministerio tomó como base el Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2010. De hecho, esta fue la primera obra en usar este manual.
Con base en un informe pericial, el Centro de Resolución de Conflictos del CFIA condenó al Estado al pago de ¢802 millones —sin indexación—,más intereses y costas personales y procesales. Marvin Carvajal, director jurídico de Casa Presidencial, estima que la suma ascenderá a los ¢900 millones.
No obstante, la constructora le está cobrando al MOPT ¢1.264 millones, pues incluye no solo lo hecho mientras el tema se discutía, sino durante los cinco años que ha durado el proyecto.
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Para Carvajal, ese cobro no procede todavía y la obligación del MOPT es solo pagar lo ordenado en el laudo arbitral. La suma restante, dijo, se debe analizar por aparte.
Este medio intentó obtener una reacción de la constructora Sánchez Carvajal; sin embargo, en un correo electrónico la empresa respondió que ”no se va a referir al tema por respeto al proceso que se sigue en la Sala Primera”.
Estado pide a Sala I anular el fallo
Si bien el MOPT está en la obligación de pagar esa suma, de acuerdo a lo estipulado en el laudo arbitral, lo cierto es que Estado acudió a la Sala Primera, para tratar de anular el fallo, el pasado 10 de noviembre.
Así lo reconoció el director jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal, quien lidera la defensa del Estado en este conflicto.
"Consideramos, desde la perspectiva del Estado, que es erróneo el fallo, que es omiso, que es muy deficiente y por esa razón acudimos ante la Sala Primera a pedir su nulidad".
"Entendemos que al no resolver nuestros alegatos, al no tomar en cuenta toda la base probatoria que había para resolver, el laudo es nulo", expresó Carvajal ante una consulta de La Nación.
Y agregó: "Nosotros lo que estamos reclamando es que no se cumplen algunos de los elementos que establece el artículo 58 de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social (RAC) que debe contener un laudo de esta naturaleza".
En específico, Carvajal sostiene que en el laudo no se cumplió con dos incisos de ese apartado: el D, que establece que se debe indicar claramente los hechos demostrados y los no demostrados; y el F, que habla sobre las pretensiones y las defensas aducidas por las partes.
Según el director jurídico, Zapote asumió la defensa de este caso ante tribunal del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) porque los abogados del Ministerio dijeron no tener experiencia en este tipo de litigios, dado que es la primera vez que el MOPT es llevado a un arbitraje.
"El poder de representación nos lo da el presidente (Luis Guillermo Solís), por el Estado, y el ministro de Transportes (primero Carlos Villalta y luego German Valverde) por el lado del MOPT. En este caso no entra la Procuraduría porque solo ve procesos jurisdiccionales, no arbitrales", declaró Carvajal.