Las autoridades de la Universidad Nacional (UNA) pecaron de intolerantes al censurar la presentación de un libro que juzgaron contrario a políticas de igualdad y equidad de género, razonó la Sala IV al condenar a la casa de enseñanza por lesionar el derecho a la libertad de expresión de uno de sus estudiantes.
El caso se vincula con la presentación de El libro negro de la nueva izquierda. Ideología de género o subversión cultural, escrito por los argentinos Nicolás Márquez y Agustín Laje. El encuentro estaba previsto para el 5 de setiembre pasado en una sala de la UNA, en Heredia.
Alberto Salom, rector de la UNA, suspendió el evento con el argumento de que un estudiante de la Facultad de Matemática indujo a error a las autoridades universitarias porque la presentación tenía fines comerciales de carácter privado sin nexo con la universidad.
Agregó que fuerzas ajenas a la entidad expresaron intención de manifestarse e impedir el acto lo cual, según Salom, era un riesgo inminente para la seguridad de la universidad.
Asimismo, dos consejos académicos se opusieron al evento anteponiendo normativa universitaria ligada al derecho a la igualdad y a la no discriminación.
Ante un recurso de amparo interpuesto por el diputado Mario Redondo Poveda, del partido Alianza Demócrata Cristiana, la Sala desechó tajantemente todos los argumentos porque estos se antepone el derecho a la libertad de expresión consagrado en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
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Según la resolución Nº 2017016668, toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión; incuida libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. El ejercicio de tal derecho no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores; las cuales deben estar expresamente fijadas por una ley.
"Cuando se impide el ejercicio de dicha libertad con base en el contenido del mensaje que se pretende transmitir, entonces se adopta una postura de intolerancia que menoscaba el debate democrático", indica el fallo.
Para la Sala, "aún cuando la posición de una persona parezca incorrecta, insostenible y hasta retrógrada, el esquema democrático le permite expresarla. La responsabilidad que surja por dicha opinión será exigible ulteriormente".
Los magistrados afirman que "en lugar de promover el debate de ideas, la libre expresión y la crítica informada, la Universidad desalienta las opiniones que sean contrarias a las de ciertos grupos universitarios".
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La Sala afirma que las autoridades universitarias están obligadas a mantener el orden en sus instalaciones por todos los medios legales pero sin lesión a la libertad de expresión de un tercero.
Los magistrados tampoco hallaron evidencia de amenazas genuinas de violencia y reiteran su argumento: "El derecho se encuentra del lado de aquellos que respetan la opinión de terceros; no de aquellos que buscan acallar a otros mediante violencia y amedrentamiento".
Conforme el expediente 17-013647-0007-CO, los magistrados constitucionales condenaron a Salom a reprogramar de inmediato la presentación del texto y ordena a la Universidad el pago de los gastos que sean necesarios para la celebración del evento.