La Haya. AFP y EFE. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) extendió ayer la soberanía marítima de Nicaragua en el Caribe, pero mantuvo parte del límite al oeste de la isla San Andrés como quería Colombia, a la que otorgó todos los cayos en disputa de esa región rica en petróleo y otros recursos.
La CIJ fijó así en un fallo inapelable buena parte del trazado de la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua, que los dos países se habían comprometido de antemano a acatar, al término de décadas de disputa bilateral.
“Ya superamos una etapa, los abogados nuestros están contentos, y el presidente (Daniel) Ortega en unos momentos hará las correspondientes declaraciones”, manifestó el canciller de Nicaragua, Samuel Santos.
El embajador Julio Londoño Paredes, quien encabezaba la delegación colombiana, fue algo más circunspecto al declarar a la prensa: “Tenemos que estudiar cuidadosamente el fallo”.
Amplia exposición. La decisión de los 15 jueces de la corte mundial, principal órgano judicial de las Naciones Unidas con jurisdicción universal, fue presentada en La Haya en una exposición de unas dos horas por el presidente del tribunal, Peter Tomka.
“La Corte concluye que Colombia, y no Nicaragua, tiene soberanía” sobre los islotes en disputa, precisó Tomka. Se trata de los cayos Albuquerque, Bajo Nuevo, Este-Sudeste, Quitasueño, Roncador, Serrana y Serranilla.
Con la nueva delimitación, que confirma la soberanía de Colombia sobre las islas y los cayos del archipiélago de San Andrés, la Corte rechazó llevar al este, más allá de la isla Roncador, la frontera que hasta ayer establecía el meridiano 82.
Además, los jueces tampoco definieron una delimitación fija al este, ya que a partir del meridiano 79, hay intereses en juego de terceros países de la región.
Ajuste de la frontera marítima. El otro aspecto de la disputa, la delimitación de la frontera marítima, extendió la jurisdicción de Nicaragua al este del meridiano 82 hasta donde Colombia la ejerce actualmente. Favoreció así a Managua para compensar lo que consideró una “disparidad importante” que beneficia a Bogotá.
Tomka detalló las coordenadas del complejo trazado de la nueva frontera que extiende hacia el este la soberanía de Nicaragua, pero mantiene una lengua de jurisdicción colombiana a la altura de las islas de San Andrés y Providencia, así como en un radio de solo 12 millas náuticas alrededor de los cayos colombianos de Serrana y Quitasueño, ricos en peces, langostas y caracoles .
En las argumentaciones del fallo, el juez Tomka señaló que “durante decenios Colombia ha actuado como soberano” en esos cayos y “ejecutado su autoridad soberana, sin oposición de Nicaragua”.
También resaltó que las autoridades de Bogotá han ejercido una administración pública, así como realizado trabajos públicos, visitas navales, operaciones de búsqueda y salvamento y de consulado.
La Corte no precisó el total de la extensión marítima atribuida finalmente a cada país, ya que en dos sectores se trata de una frontera que quedó sin definir hacia el este: los magistrados se negaron a pronunciarse más allá de las 200 millas de las costas.
El diferendo se inició en 1928 cuando Managua cedió a Bogotá las islas San Andrés y Providencia con la firma del Tratado Bárcenas-Meneses Esguerra, que fue ratificado en 1933 cuando Nicaragua estaba intervenido por EE. UU.
En 1969 Colombia pretendió establecer su límite con Nicaragua en el meridiano 82, que Managua rechazó alegando que el Tratado no fijó límites y que esa decisión cercenaba su plataforma continental en el Caribe. En 1980, Nicaragua declaró nulo el tratado.
En diciembre de 2001, Nicaragua denunció a Colombia ante la CIJ y alegó su soberanía sobre el archipiélago. Seis años más tarde, el tribunal reconoció la soberanía colombiana sobre las tres islas, pero se declaró competente para dirimir la delimitación marítima entre los dos países y definir lo referente a los cayos.
En Costa Rica, el Ministerio de Relaciones Exteriores manifestó que no se referirá aún sobre el fallo, pero “en los próximos días hará una revisión integral de la sentencia, con el objeto de determinar los alcances que (...) tiene entre las Repúblicas de Nicaragua y Colombia, y que pudiera tener relación con los intereses y derechos que Costa Rica tiene en el mar Caribe”.