Con una consulta facultativa ante la Sala Constitucional, un grupo de diputadas frenó la aprobación del proyecto de ley para garantizar puestos de elección en los partidos políticos a las mujeres.
Lo particular de esta consulta es que no la presentaron opositores a la iniciativa legal, sino sus propias impulsoras, conscientes de que, para votarse este jueves, no tienen los 38 votos que –en principio– se necesitan para la aprobación del segundo debate.
Oficialmente, la independiente Carmen Quesada promovió la consulta bajo el argumento de que quieren saber si efectivamente se necesita el aval de dos tercios de los legisladores, para declarar como ley este proyecto.
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El problema que se le presenta al expediente legislativo es que pone límites para que los partidos puedan acceder a la contribución estatal, en caso de que la agrupación incumpla la nueva legislación, en lo que se refiere a crear una política interna sobre paridad de género y el financiamiento de una secretaría partidaria sobre igualdad.
Para hacer una reforma de este tipo, que limita el acceso partidario a los fondos estatales, la Constitución establece que la aprobación debe tener el apoyo calificado de los congresistas, o sea, 38 parlamentarios.
Además de Quesada, firmaron la consulta Francisco Camacho, Ligia Fallas, Suray Carrillo y José Ramírez, todos del Frente Amplio; Javier Cambronero y Emilia Molina, del Partido Acción Ciudadana (PAC), y las liberacionistas Sandra Piszk, Maureen Clarke y Karla Prendas.
Hecha la consulta ante los magistrados, la votación del proyecto queda suspendida durante un mes, mientras la Sala Constitucional se pronuncia al respecto.
La votación en primer debate tuvo el apoyo de 22 diputados, mientras que 16 estuvieron en contra. Los que se negaron a aprobar la iniciativa fueron ocho liberacionistas, seis socialcristianos y dos libertarios.
Además de limitar el acceso a la contribución política a los partidos que incumplan con las normas sobre paridad de género, el proyecto deja establecida la obligación de presentar candidaturas a puestos de elección popular de forma partidaria, vertical y horizontalmente.
Así, si el primer candidato de una lista es mujer, el siguiente es hombre. Además, de las siete papeletas legislativas, cuatro deberían ser encabezadas por un género y tres por el género contrario.
Aunque esta regulación ya había sido establecida por la Sala Constitucional, las impulsoras del proyecto presionaron para que quedara concretamente regulado por ley y que, además, se sancione a los partidos que lo incumplan.
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Opositores como el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) alegan que eso haría imposible la reelección de funcionarios como los alcaldes, pues obligaría a que las papeletas municipales deba alternarse. O sea, un partido debería presentar 41 hombres y 41 mujeres en las candidaturas a las elecciones de alcaldías.
"Este proyecto es de suma importancia para nuestro país, por lo cual es necesario blindarlo en su trámite legislativo, especialmente cuando hay bancadas a las que les gustaría ver fracasar la obligación de la paridad de género en los puestos de elección popular", dijo Quesada.
Este miércoles, la Defensoría les pidió a los legisladores no sepultar la iniciativa legal, precisamente por el riesgo de que no se lograran los 38 votos necesarios.