Casi a las 3 p. m. del 22 de abril, la torre de control del aeropuerto Tobías Bolaños emitió una alerta por un dron que volaba cerca de Multiplaza Escazú.
El personal de control aéreo aún desconoce quién operaba el artefacto y para qué lo hacía, pero saben que representó un riesgo para las aeronaves.
Con el fin de evitar situaciones similares, la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) prepara un reglamento para el uso de drones en el país.
La normativa, de 30 páginas, establece el pago de pólizas de seguros, certificados de operación para pilotos y dispositivos, así como zonas de vuelo.
Allen Víquez, inspector de operaciones de Aviación Civil, dijo que trabajaron casi medio año para elaborar el documento, el cual podría entrar en vigencia en dos meses.
Entre otras cosas, se establece que el dueño del dron debe contar con una póliza de seguro que cubra daños a terceros.
Para conseguir el certificado de operación, los interesados tendrán que presentar una solicitud formal en la que declaren las características del dron, el tipo de trabajos por realizar e identificar a un responsable.
Además, el propietario deberá pagar $6.013 por el trámite.
Revisar monto. Varias empresas consultadas por La Nación reconocieron la necesidad de ordenar la actividad, pero criticaron la suma que se pretende cobrar por el certificado.
“Eso no puede ser; es un monto que no está dentro de la realidad”, manifestó Michael O’Reilly, director de Aerial Shutter.
Federico Umaña, dueño de la compañía Drones de Costa Rica, también cuestionó ese punto.
“Es una cifra excesiva; está alejada de la realidad y es desproporcionada”, criticó Umaña.
No obstante, Víquez resaltó que el importe para obtener el certificado de operación está siendo revisado, luego de las observaciones de las empresas.
Otras disposiciones. Según la propuesta, los pilotos de sistemas de vuelo no tripulados, como lo son los drones, tienen que ser mayores de edad, aprobar los cursos teóricos y prácticos impartidos por los fabricantes de drones y demostrar una experiencia mínima de unas diez horas de vuelo con este tipo de dispositivos.
Por otro lado, en un intento por reducir el riesgo de accidentes, y evitar situaciones como la del 22 de abril, Aviación Civil prohibió el vuelo de drones en un radio de ocho kilómetros alrededor de cualquier terminal aérea.
También se restringió su operación durante eventos masivos al aire libre y en ciudades con aglomeración de edificios.
“En estas zonas se puede volar solo si la empresa o institución responsable del vuelo pide una autorización previa”, explicó el funcionario.
La altura máxima de vuelo autorizada sería de 120 metros.
Desde mayo, la DGAC ha realizado varios talleres para presentar y debatir el reglamento con firmas e instituciones que usan drones, por ejemplo, el Cuerpo de Bomberos.