
El Estado pagará más por cada una de las nuevas cédulas de identidad que empezarán a circular en el país en setiembre.
El pago adicional es producto de un cambio de última hora que el Registro Civil introdujo en un contrato que está a punto de ponerse en práctica.
En el 2014, la institución abrió un concurso para que una empresa proveyera equipo e insumos para fabricar cédulas idénticas a las actuales.
Sin embargo, después de su adjudicación, en enero del 2015, el Registro aceptó pagar un precio mayor al ofertado por el consorcio ganador, por una tecnología y unos materiales que nunca fueron solicitados en el cartel a las compañías que concursaron.
LEA: ICE sobre cambio en cédulas: 'Fue una solicitud del TSE'
El contrato original firmado por el consorcio conformado por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y la firma francesa Oberthur implicaba la producción de cédulas idénticas a las actuales, con un precio de $1,73 (¢965 al tipo de cambio actual) cada una por materiales y equipos.
Pero ocho meses después, el Registro cambió el contrato y aceptó pagar $1,96 (casi ¢1.100) por cédulas con tecnología de impresión de grabado láser a color, material de policarbonato que permite imprimir la fotografía a color, equipos diferentes a los contratados, un nuevo diseño y otros elementos de seguridad.
Esta modificación, que se incluyó por medio de una adenda al contrato, implicará un desembolso mayor por parte del Registro Civil, adscrito al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), solo en el pago de insumos al consorcio.
El precio global de producción de cada cédula será de $5,60 (¢3.057). Entre tanto, el precio global de la actual es de $5,07 (¢2.768).
Cada año, en promedio, la entidad emite 650.000 cédulas. Al precio original del contrato, el Registro tenía que pagar ¢627 millones en insumos.
Con el nuevo costo aceptado, el valor total será de ¢715 millones.
El nuevo equipo contratado tiene la capacidad de imprimir 6.000 cédulas por día.
Además, según el Registro, el material de esta nueva cédula, la cual duraría diez años bajo condiciones normales de uso, hará que no tengan que invertir en cambiar el documento por deterioro. De las 650.000 cédulas que al año emite el TSE, 65.000 se tienen que reponer por deterioro.
¿Por qué el cambio? De acuerdo con Dennis Cascante, director general de Estrategia Tecnológica del TSE, atendieron un “criterio de oportunidad ”.
“El contratista ofrece una mejora y empezamos a analizar todos los puntos de acuerdo con lo que dice el reglamento (de la Ley de Contratación Administrativa), entre estos, el costo y los beneficios.
”Aparece el tema de precio. El costo de esta cédula con material de superior calidad a la contratada, como policarbonato y grabado láser a color, seguía estando muy por debajo del costo de las ofertas en el concurso original”, justificó.
Sin embargo, algunas de estas posibilidades se ofrecieron antes, según las objeciones al cartel presentadas por algunas empresas en el 2014.
Una de estas firmas, por ejemplo, señaló que el cartel de licitación original excluía la tecnología láser que ellos prometían.
Esta compañía le ofreció al TSE tarjetas de policarbonato, impresas con láser (no especificaba si era en escala de grises o a color) y equipos individuales de muy bajo costo”.
El TSE respondió: “Esta administración recalca que por conveniencia institucional y condiciones presupuestarias vigentes, lo que pretende es emitir el mismo documento en cuanto a características y elementos de seguridad y no cambiar la tecnología hacia otras más vanguardistas”.
La respuesta añade un comentario que el director del Registro Civil, Luis Bolaños, hizo en el 2013.
“Por el momento, no se vislumbra interés alguno de variar o modificar el diseño o formato de la actual cédula de identidad”.
Para Dennis Cascante, esa era la posición institucional “en ese momento”; sin embargo, luego decidieron aplicar “la mejora” en función del criterio de oportunidad.
Lo que tampoco está claro es cuál de las partes propuso la modificación.
Según Cascante, el consorcio planteó el cambio, pero los representantes de Racsa ( subsidiaria del ICE a cargo del proyecto) afirman que fue el TSE el que propuso hacer las nuevas cédulas.
Grabado láser a color. El director a. i. del Registro Civil, Luis Chinchilla, comentó que decidieron incluir la tecnología del grabado láser a color porque es una de las técnicas más avanzadas.
Sin embargo, Cascante afirmó que no tenía conocimiento de si algún país está utilizando esa técnica en las cédula de identidad, pues el consorcio ICE-Oberthur no presentó proyectos donde pusieran en práctica el grabado láser a color.
El cartel solicitaba que el oferente debía aportar información de dos proyectos llevados a cabo en los últimos diez años o en ejecución actualmente, relacionados con el objeto contractual para instituciones gubernamentales en cualquier parte del mundo.
El consorcio presentó esos proyectos, pero de la cédula igual a la actual, no de la cédula con grabado láser a color.
“Es un requisito en el proceso de contratación y se cumplió. En el proceso de modificación unilateral del contrato, no es un requisito presentar proyecto de lo que usted está ofreciendo”, comentó Cascante.
El Registro Civil tampoco tiene certeza de si los equipos que se van a instalar para imprimir las nuevas cédulas se han puesto en funcionamiento en otro país.
Según Cascante, las capacidades técnicas de un dispositivo “no necesariamente se miden por los usos que le dan en otro país”.
“Hay un tema de riesgo que está al lado del contratista y hay un principio de buena fe que rige en todos los procesos de contratación.
”Pagamos $1,96 por cada documento perfectamente impreso. Si no cumple, simplemente no se paga”, aseveró Cascante.
Para el funcionario, podían hacer la modificación unilateral del contrato amparados en el artículo 200 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa.
Según esta norma, la variación es posible siempre que no exceda el 50% del monto del contrato original. Sin embargo, el único precio que se conoce es el ofertado por cada cédula.
Por su parte, la Ley de Contratación Administrativa, en el artículo 12, establece que una de la condiciones para modificar el objeto convenido es que no se incremente el precio ofertado.
Además, el reglamento indica que uno de los requisitos para que se haga una modificación unilateral del contrato es “ que se trate de causas imprevisibles al momento de iniciar el procedimiento, sea que la entidad no pudo conocerlas pese a haber adoptado las medidas técnicas y de planificación mínimas cuando definió el objeto”.