La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) se niega desde agosto a facilitar datos de salarios públicos, aun cuando esa información pública es de ”acceso irrestricto” a cualquier ciudadano, según reiterados fallos de la Sala Constitucional emitidos desde 1993.
En agosto pasado, La Nación solicitó a la oficina de prensa copia de la planilla de empleados del Banco Nacional reportada al Sistema Centralizado de Recaudación (Sicere), de la CCSS.
Rónald Lacayo, director del Sicere, negó entonces los datos, al alegar que existían recursos de amparo contra la Caja, luego de que el diputado libertario Otto Guevara divulgara datos salariales de funcionarios públicos.
Esas informaciones, publicadas sin nombres, precisamente, dejaron al descubierto en varios reportajes de este medio las grandes diferencias en remuneraciones de cargos similares entre instituciones estatales y entre estas y el sector privado.
Los recursos de amparo fueron planteados por funcionarios del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL).
Según Lacayo, preferían esperar a que la Sala resolviera las gestiones.
La Nación recordó al jerarca que los recursos en estudio no dejaban sin efecto la abundantemente jurisprudencia de la Sala sobre el acceso a los datos.
A inicio de mes, La Nación volvió a solicitar las planillas del ICE, la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) y la propia Caja. La respuesta aún no llega.
De inmediato, este diario solicitó de nuevo la información ya que los magistrados reiteraron la publicidad en el tema de salarios y puestos en entidades estatales.
“Básicamente, la Sala concluye que la información publicada por el diputado es pública y consta físicamente en dependencias administrativas, razón por la cual existe la libertad de divulgar esa información, de hacerla pública y eso fomenta el pluralismo democrático”, expresó el magistrado Luis Fernando Salazar, magistrado constitucional.
Tras ser notificada del fallo, la entidad informó de que entregaría los datos, pero previo pago por la labor que esto implicaría. La suma sería comunicaba esta misma semana. Asimismo, adelantó que también requería de la autorización de la Junta Directiva de la Caja, conforme al acuerdo de ese órgano del año 2003.
El acuerdo establece que: “Cuando la petición la formule un particular, esto es una persona funcionalmente ajena a la administración y a cualquiera de los órganos estatales, la información será proporcionada cuando exista autorización expresa de la Junta Directiva”.
Dicha decisión, sin embargo, también se aparta de los fallos de la Sala, según los cuales un ciudadano no está obligado a justificar ante la Administración Pública para qué requiere acceder a un dato público.
El acceso a esa información es un derecho constitucional estipulado en el artículo 30 de la Carta Magna y posee reconocimiento en el derecho convencional.
María del Rocío Sáenz, presidenta de la CCSS, declaró desconocer por qué la Junta Directiva debe autorizar la entrega de datos públicos. Aun así, defendió el hecho de que la entidad esperara la resolución de la Sala y justificó el cobro por la entrega.
“No se cobra por el acceso a la información pública, sino que se solicita cubrir el costo en que incurre la Administración para generar la información que se pide. Muchas solicitan información que implica un ajuste a la que nosotros tenemos”, justificó.
Reacciones. Rubén Hernández, abogado constitucionalista, considera que los directivos de la entidad podrían enfrentar una causa penal por desobediencia, pues la Sala, en decenas de ocasiones, ha sido clara en este tema.
“No hay razón para que la Caja no brinde los datos; la Sala va a seguir resolviendo de forma similar a como lo ha hecho. No veo por qué va a fallar distinto”, expresó Hernández. Colaboró la periodista Ángela Ávalos