San José
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) resolvió este miércoles que la construcción de la ruta 1856, en la margen costarricense del río San Juan no provocó ningún daño ambiental en dicho cauce, ni violó la soberanía de la vecina del norte.
Según el alto tribunal de La Haya, Holanda, el gobierno de Daniel Ortega no aportó pruebas suficientes para comprobar que el camino causó "un daño importante" para la navegación en el río.
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"Con respecto al supuesto daño por la concentración de sedimentos en el río, la Corte considera que el alegato de Nicaragua no tiene base. El río contiene sedimentos en grandes cantidades y de forma natural. Nicaragua no demostró que el nivel de sedimentos en el río sea tanto como para decir que la construcción de la carretera haya llevado la sedimentación a más allá de un nivel crítico", señala el fallo que leyó el presidente de la Corte, Ronny Abraham.
De acuerdo con el análisis de los jueces, los sedimentos lanzados al San Juan por la construcción de la trocha representan solo el 2% de los materiales que se acumulan en el cauce, los cuales, según estimaciones de ambas naciones, rondan entre los 12,6 millones y 13,7 millones de toneladas por año.
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Ante el rechazo de las peticiones de Nicaragua, Costa Rica no tendrá que pagar una indemnización. Tampoco tendrá la obligación de informar a Nicaragua sobre trabajos futuros en ese camino o de cualquier otra obra que se ejecute en su territorio.
"La Corte no está convencida de los alegatos de Nicaragua de que los sedimentos en el río, debido a la construcción de la carretera, hayan causado un daño importante. No se están estableciendo las cargas de sedimentos en el río, Nicaragua no ofreció medidas sobre sedimentos en el río", dijo Abraham.
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Impacto ambiental. La Haya también rechazó la solicitud de Nicaragua de obligar a Costa Rica a presentar estudios de impacto ambiental antes de continuar con los trabajos de contrucción de la trocha.
"Deberá rechazarse la solicitud de que Costa Rica no lleve a cabo desarrollos futuros en el área sin un estudio de impacto ambiental transfronterizo adecuado. La obligación costarricense de llevar a cabo una evaluación de impacto ambiental aplicará únicamente a la actividad que conlleve riesgos importantes transfronterizos, no tenemos por qué pensar que Costa Rica no cumplirá con sus obligaciones internacionales", agregó Abraham.
Sin embargo, el alto tribunal reprendió al gobierno tico por no haber realizado tales análisis antes de iniciar esas obras viales, por lo que el país debe atender ese requisito para cualquier obra ulterior.
En criterio de los jueces, el decreto de emergencia que alegó Costa Rica para omitir tal requisito no es justificable, pues no logró acreditar tal emergencia. Incluso, cuestionaron que ese mandato entrara en vigencia después de que se iniciaron las obras en la margen derecha del San Juan.
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La CIJ –en un fallo que es de acatamiento obligatorio e inapelable– también reconoció la soberanía de Costa Rica sobre el extremo norte de isla Calero, conocido como isla Portillos, en el Caribe norte.