La Sala Constitucional anuló la Reforma Procesal Laboral que planteaba ampliar, a partir del 2016, el derecho de huelgas en el sector público y privado, incluso en servicios esenciales como hospitales, clínicas, aeropuertos, puertos y en la Policía.
La reforma, además, acortaba la duración de los largos juicios laborales pues autorizaba a que fueran orales.
Se cae así el deseo del presidente Luis Guillermo Solís de habilitar la ley vetada por su antecesora, Laura Chinchilla, como parte de un complicado vaivén legal y procedimental.
Ayer, los magistrados acogieron por apretada mayoría (4-3) una acción de inconstitucionalidad presentada contra un decreto de Chinchilla de mayo del 2013, con el cual levantaba parcialmente el veto que ella misma había decretado en el 2012 a la ley.
Entonces, al quedar invalidado ese levantamiento del veto, tampoco tenía efecto la polémica decisión posterior de Solís, del 12 de diciembre pasado. Con ella, él pretendía reactivar la reforma laboral y hacerla regir 18 meses después, en junio del 2016.
Ya no regirá así. Ya no están en firme las intenciones de permitir esta en los servicios esenciales públicos y en firmas privadas, de prohibir la contratación de sustitutos de huelguistas y uno de los puntos menos controversiales: agilizar los juicios laborales con medidas como la oralidad.
Estos temas y otros de la Reforma Laboral volverán a la fogata política, jurídica y de intereses de sectores afectados. El Gobierno anunció ayer que acata la decisión constitucional y que retomará esfuerzos con el Congreso.
El director jurídico de la Presidencia, Marvin Carvajal, enfatizó que la Sala IV achacó los vicios de inconstitucionalidad en esta ley al gobierno anterior, cuando se vetó la Reforma Procesal.
Para él, esta es una oportunidad de oro para tramitar el proyecto y pasarlo por el tamiz de la consulta de constitucionalidad que puedan llevar los diputados.
Víctor Morales Mora, el ministro de Trabajo, pone sus esperanzas en que los congresistas envíen el plan a consulta, pues, de salir con un criterio positivo, eso le permitiría al Ejecutivo levantar el veto de Chinchilla.
Volver atrás. La decisión de los magistrados pone a los legisladores en suelo incierto, en dos caminos: quitar los artículos considerados por Chinchilla como inconstitucionales o hacer la consulta a la Sala, para ver si los altos jueces avalan la Reforma por el fondo.
Así lo entienden los liberacionistas Antonio Álvarez y Juan Marín, pues el proyecto regresa al trámite de mayo del 2013, cuando aún los legisladores no habían definido el camino de este plan.
Los diputados de Frente Amplio (FA) son los más proclives a este proyecto de ley y están en minoría, pues 42 legisladores habían firmado las acciones de inconstitucionalidad en contra, porque daba derechos excesivos a los sindicatos, según ellos.
El tema es uno de los más complejos para los magistrados por años, reconoció Gilberth Armijo, presidente de la Sala IV.
Añadió que esta decisión solo atañe a las leyes en el futuro, pues afectar vetos anteriores en la historia traería muchos problemas.
Fueron cuatro los magistrados que, bajo tres argumentaciones distintas por el procedimiento, dieron razón a los diputados opuestos a la aplicación de la Reforma Procesal Laboral. Fueron Ernesto Jinesta, Paul Rueda, Nancy Hernández y Luis Fernando Salazar quienes consideraron ilegal el acuerdo DP-0316-2013 firmado por Chinchilla.
Otros tres magistrados, bajo dos argumentaciones distintas, opinan que ella hizo bien en emitir ese acuerdo, según el cual había razones de constitucionalidad para retirar el veto que ella había emitido meses atrás. Los magistrados fueron Armijo, Fernando Cruz y Fernando Castillo.
Así quedó anulado el retiro del veto de Chinchilla; es decir, quedó en firme el veto que ella dictó en octubre del 2012 al percatarse de las inconveniencias de lo que su gobierno había logrado impulsar en los diputados de entonces, incluidos todos los del PLN.
Al ocurrir un error en el procedimiento, perdió vigencia cualquier acto jurídico posterior, como el que Solís decidió el 12 de diciembre. Ese día presentó esta ley, número 15.990 como un hito que renovaba las Garantías Sociales de los años 40.
De hecho, los magistrados también votaron un recurso específico sobre el decreto con el que Solís intentó reactivar la ley, y solo uno consideró que el mandatario actuó indebidamente, aunque ya sin efectos.