La Sala Constitucional prohibió a la Dirección General de Migración deportar a Cuba a 35 migrantes isleños detenidos en Costa Rica, desde finales de diciembre, por entrar de manera ilegal en su intento por llegar a Estados Unidos por tierra.
Al resolver un recurso de habeas corpus, los magistrados ordenaron a Migración enviarlos a un tercer país, o bien, dejarlos en libertad, ya que ellos forman parte de los casi 50 isleños que se encuentran en el Centro de Aprehensión Temporal de Hatillo.
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Esa fue la resolución que dictaron los magistrados, ayer martes, al resolver parcialmente con lugar un recurso interpuesto, el 31 de diciembre, por Rodrigo Alberto Herrera Fonseca, en favor de los isleños.
"Se ordena a Kathya Rodríguez Araica, en su calidad de Directora General de Migración y Extranjería, o a quien ocupe su cargo, realizar las acciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que dentro de un plazo de un mes, contado a partir de la notificación de esta sentencia, resuelva la situación de los amparados, así como la ejecución de su deportación, en el sentido de deportarlos a un tercer país que los reciba o, en su defecto, disponga su libertad o dicte medidas alternativas de la detención", señala la sentencia N°. 2016-000697.
En el por tanto del fallo no se exponen las razones por las cuales los magistrados tomaron esa decisión. Los amparados habían alegado que la deportación violentaba su derecho al debido proceso y de igualdad con respecto a los 7.802 cubanos a quienes sí se les otorgó una visa de tránsito temporal en el país.
La viceministra de Gobernación, Carmen Muñoz, aseguró que el Gobierno acatará la orden de la Sala IV en cuanto a la no deportación a Cuba de los isleños detenidos y que, una vez que Migración reciba la notificación de la sentencia, deberá definir a cuál país los enviará.
"No conozco la resolución pero por supuesto que la acataremos. Sobre la no deportación, deberemos empezar un proceso de negociación con algún otro país para ver cuál los recibe. Si en el plazo de un mes que da la Sala no encontramos ninguno, doña Kathya deberá definir una solución alterna que vaya en favor del bienestar de estas personas", expresó Muñoz.
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Agregó que, inicialmente, no cree que este grupo sea incluido dentro del plan de traslados por aire hacia El Salvador, a donde se está desplazando a los cubanos que sí tiene una visa temporal, las cuales comenzaron a expedirse desde mediados de noviembre, cuando Nicaragua les impidió el paso por su territorio.
Los isleños intentan llegar a Estados Unidos para aprovechar a la Ley de Ajuste Cubano, legislación que establecerse que deben ser acogidos con solo poner un pie en suelo estadounidense e, incluso, ser candidatos a optar una residencia tras un año de vivir allí.
Estado condenado. La Sala Constitucional también condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios, y advirtió a la jerarca de Migración que, si no cumple con lo ordenado, puede enfrentar una sanción de hasta dos años de prisión por desobediencia, según el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.