La Sala Constitucional dejó sin resolver la duda planteada por el Juzgado de Familia de Desamparados sobre las uniones de hecho entre personas del mismo sexo.
En una sentencia del 19 de febrero y notificada ayer, los magistrados declararon improcedente la consulta de una jueza por cuanto plantea una serie de cuestionamientos, pero sin fundamentarlos.
“Más que formularse una consulta concreta y debidamente fundamentada referente a la constitucionalidad de una norma (...), lo que se plantea es una serie indiscriminada de cuestionamientos o preguntas referentes a todos los extremos de los procesos sometidos a su conocimiento (...), a fin de que, en definitiva, sea este Tribunal quien determine si procede dar trámite”, destaca la resolución de la Sala.
Para Marco Castillo, presidente del Movimiento Diversidad , el voto elimina el impedimento de dar validez a las uniones homosexuales.
“En vista de esto, de que la consulta de la jueza no es de constitucionalidad, tiene que tramitar (la unión). Es decir, si no es un asunto de constitucionalidad, debe tramitar el proceso”, expresó Castillo.
Sin embargo, Vanlly Cantillo, encargada de prensa de la Sala IV, dijo que nunca se estudió el fondo de la consulta y desmintió que el fallo diera vía libre a uniones gais.
La misma lectura hizo la jueza del Juzgado de Familia de Desamparados, Maureen Solís, quien planteó la consulta original, tras recibir tres trámites de uniones de parejas homosexuales.
Solís manifestó que el fallo no aclara el panorama y no podrá resolver las gestiones, en tanto los magistrados no resuelvan una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 242 del Código de Familia , correspondiente a la unión de hecho.
La gestión la presentó el abogado y activista, Yashín Castrillo, cuyo expediente es uno de los tres que espera la respuesta de la jueza.
“Cualquier afirmación de que la Sala Constitucional haya autorizado el reconocimiento judicial de uniones entre personas del mismo sexo o que, por el contrario, haya denegado ese reconocimiento, es incorrecta, prematura, abrupta e infundada”, explicó la jurista.
Asimismo, lamentó que la Sala no se refiriera al fondo de las tres consultas que presentó. “El panorama es incluso más incierto que antes, porque, al no resolver los planteamientos, quedo más confundida que antes”, añadió.
En el 2013, varias parejas del mismo sexo acudieron a Juzgados de Familia para pedir el reconocimiento de su unión de hecho.
Los solicitantes se amparaban en una reforma a la Ley de la Persona Joven , aprobada por la Asamblea Legislativa el año pasado, y que algunos activistas y abogados interpretaron como un portillo que permitiría las uniones gais.
Sin embargo, los Juzgados de San José y Heredia ya habían rechazado las gestiones , alegando que no puede tramitarse la unión de hecho entre parejas homosexuales, pues uno de los requisitos es tener aptitud para el matrimonio, y esta figura, según el Código de Familia, solo puede ocurrir entre un hombre y una mujer.