El Ministerio de Salud deberá determinar qué hacer con los óvulos fecundados que no se implanten en las mujeres que recurran a la técnica de fecundación in vitro (FIV), una vez que se inicie la aplicación de este procedimiento en el país.
Firmado el decreto que dio luz verde a la FIV en el país, el Gobierno dejó en manos de Salud el manejo de los óvulos fecundados que no se implanten en las pacientes que esperan quedar embarazadas.
“Eso es parte de las decisiones que deberá tomar el Ministerio de Salud al reglamentar esta materia, establecer la forma de crioconservación de los óvulos fecundados”, explicó el director jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal.
El decreto, firmado este jueves por el mandatario Luis Guillermo Solís, persigue que el Estado cumpla la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el 28 de noviembre del 2012, la cual ordenó a Costa Rica restablecer ese método.
Bajo este escenario, y ante el fracaso de proyectos de ley que pretendían regular este tema, Solís firmó el Decreto Ejecutivo 32910-MP, con el cual se le delegó a Salud la potestad de reglamentar la puesta en marcha de la FIV, tanto para el sector privado, como para la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
El plazo para que ese ministerio emita la reglamentación de la técnica es de seis meses, por lo que las clínicas privadas podrán poner en práctica la técnica hasta entonces.
En el caso de la Caja, el decreto le da dos años para tomar las medidas necesarias para empezar a facilitar esta opción a las aseguradas que lo requieran.
¿Dónde los van a poner? El decreto establece que cada mujer que se someta al tratamiento no podrá recibir más de dos óvulos fecundados por ciclo reproductivo. De ahí surge la duda sobre lo que sucederá con los demás óvulos, pues en el documento no se marca un límite para la fecundación; solo se señala que se fecundará el menor número posible de óvulos.
Sobre este punto, Carvajal destacó que en otros países, los óvulos no implantados son resguardados en “instituciones privadas, en otros casos son instituciones públicas. Sería precipitado de mi parte especular sobre cuál vaya a ser la regulación que el Ministerio de Salud considere adecuada a ese respecto; es una decisión de orden técnico que deberán tomar a partir de la necesidad de preservar adecuadamente estos óvulos fecundados”, manifestó el experto.
Con la decisión del presidente Solís, Costa Rica dejó de ser el único país en el continente que impedía se realizaran fecundaciones usando el método in vitro.
La prohibición establecida por la Sala Constitucional de Costa Rica en el año 2000, fue objetada ante la Corte IDH por varias parejas afectadas, las cuales ganaron el proceso en el 2012.
Mientras tanto, en la Asamblea Legislativa se mantiene una fuerte discusión sobre el último proyecto de ley que sigue vivo, con la oposición de las bancadas evangélicas y afines a la Iglesia católica, que también han anunciado su oposición al decreto.