La Sala IV anuló el tope de cesantía de hasta por 25 años para los empleados del Consejo Nacional de Producción (CNP).
La cifra sobrepasa el tope máximo de 20 años fijado por la Sala Constitucional.
La Sala anuló por inconstitucional la frase "hasta 25 años" contenida en el artículo 78.a) de la Convención Colectiva del CNP. En el 2011 la institución giró por ese concepto ¢651 millones a 52 funcionarios que se retiraron.
"Se trata asimismo de un privilegio odioso, exclusivo y excluyente a favor de un grupo de servidores públicos, que no cuenta con una base objetiva de respaldo", detalló el denunciante cuyo nombre no trascendió.
También, en otro falló, la Sala Constitucional prohibió el pago de cesantía, sin límite de años, para los empleados de la Municipalidad de San José.
La Sala anuló por inconstitucional las frases "sin límite de tiempo" y "sin límite de años" de los artículos 27 y 28 de la quinta Convención Colectiva de Trabajo de la Municipalidad de San José.
"No se cuestiona esa prestación económica en sí, que es un derecho constitucionalmente reconocido, sino el hecho de no establecer un tope o límite de años por concepto de auxilio de cesantía, lo cual, de conformidad con lo señalado por esta Sala Constitucional, es contrario al principio constitucional de igualdad y refleja un indebido uso de fondos públicos en detrimento de los servicios públicos que la institución presta", explicó el demandante.
El 29 de enero los empleados del municipio protestaron contra la idea de fijar un tope de cesantía.