La Sala IV rechazó una consulta de constitucionalidad presentada por el Juzgado de Familia de Desamparados acerca del reconocimiento de las uniones de hecho entre las parejas homosexuales.
La resolución 2014002210, emitida el 19 de febrero y notificada esta mañana, declaró improcedente la consulta de la jueza, por cuanto plantea una serie de cuestionamientos, pero sin fundamentarlos.
"Más que formularse una consulta concreta y debidamente fundamentada referente a la constitucionalidad de una norma o acto que deba aplicar, o de un acto, conducta u omisión que deba juzgar, lo que se plantea es una serie indiscriminada de cuestionamientos o preguntas referentes a todos los extremos de los procesos sometidos a su conocimiento...a fin de que, en definitiva, sea este Tribunal quien determine si procede dar trámite", señala la resolución de la Sala.
Vanlly Cantillo, encargada de prensa de la Sala Constitucional, señaló que nunca se estudió el fondo de la consulta, La funcionaria desmintió que el fallo le diera vía libre a las uniones gais.
"La consulta ni siquiera pasó el estudio de admisibilidad porque lo que se está presentando es una serie indiscriminada de cuestionamientos, cientos de preguntas en todos los extremos del proceso para que sea el Tribunal el que determine lo que procede", explicó Cantillo.
No obstante, Marco Castillo, presidente del Movimiento Diversidad, interpretó el voto de otra manera."En vista de esto, de que la consulta de la jueza no es de constitucionalidad, tiene que tramitar (la unión). Es decir, si no es un asunto de constitucionalidad, debe tramitar el proceso", dijo Castillo.
Se intentó conocer la opinión de la jueza del Juzgado de Familia de Desamparados, Maureen Solís, sin embargo, no estaba disponible para atender la llamada.
La consulta de Solís se realizó luego de que dos parejas homosexuales solicitaran ante el Juzgado el reconocimiento de su unión de hecho. A estas dos, se sumaron otras siete parejas quienes realizaron el trámite en varios juzgados de Familia del país.
Los solicitantes se amparaban en una reforma a la Ley de la Persona Joven, aprobada por la Asamblea Legislativa el año pasado, y que algunos activistas y abogados interpretaron como un portillo que permitiría las uniones gais.
Sin embargo, los juzgados de San José y Heredia ya habían rechazado las gestiones, alegando que no puede tramitarse la unión de hecho entre parejas homosexuales. Esto porque uno de los requisitos oara la union de hecho es tener aptitud para el matrimonio, y el matrimonio en el Código de Familia solo puede ocurrir entre un hombre y una mujer.