San José
La norma técnica que se necesita para poner en práctica la fertilización in vitro (FIV) en Costa Rica, estará lista a finales de marzo, informó el Ministerio de Salud tras una consulta de La Nación.
César Gamboa, director de Garantía de Acceso a Servicios de Salud del Ministerio de Salud, explicó que la norma técnica que se requiere para hacer operativo el decreto de FIV ya está al 90%.
"La norma técnica avanza bien. Cuando el presidente Luis Guillermo Solís firmó el decreto de FIV el 10 de setiembre del año pasado, la comisión empezó a trabajar para tener lista la norma, nunca nos detuvimos, aunque la Sala lo anuló en su momento", agregó Gamboa.
LEA: Luis Guillermo Solís :'Esta resolución sobre la FIV es de acatamiento obligatorio'
La norma técnica es un instrumento legal que permite poner en práctica el decreto y establece la forma en que el Ministerio de Salud debe operar para dar autorizaciones a clínicas privadas que quieran aplicar la técnica reproductiva en el país.
Gamboa explicó que la norma establece cuatro ámbitos que deben cumplir las clínicas privadas que pretenden hacer FIV.
Primero la infraestructura, deben contar con instalaciones adecuadas; segundo, la documentación que se le debe pedir a cada paciente y a cada clínica.
El tercer ámbito es el recurso material, es decir, las máquinas y los equipos que deben tener los consultorios privados para hacer la fertlización In Vitro; finalmente, el recurso humano que son los médicos y asistentes que participarán en la aplicación de la técnica reproductiva.
Según Gamboa, la norma no establece sanciones para los médicos que cometan malas prácticas con la FIV ya que eso le corresponde al Colegio de Médicos de Costa Rica, de acuerdo con el decreto.
LEA: Corte IDH ordena poner en vigencia decreto que regula FIV en Costa Rica
La norma debe establecer la forma en que se crearán el registro nacional de donantes de células reproductivas y el banco nacional de cigotos —óvulos fecundados— para futuros procedimientos o para donación.
El funcionario dijo que sobre estos temas todavía se están haciendo valoraciones, por lo que no puede referirse.
"La norma es una manera práctica muy general que permitirá garantizar calidad y seguridad en la aplicación de la técnica reproductiva", dijo Gamboa.
Para elaborar la norma se creó una comisión de trabajo conformada por el Ministerio de Salud, el Colegio de Médicos de Costa Rica, especialistas en la FIV, médicos especializados en ginecobstetricia y microbiólogos.
Ese grupo de especialistas trabajan desde octubre en la redacción de la norma técnica con el fin de poner en práctica cuanto antes la FIV en el país.
¿Qué permite la norma?. La norma dictará los requisitos que deben cumplir las clínicas privadas y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para aplicar la FIV.
Una vez que la norma técnica sea aprobada y publicada en el diario oficial La Gaceta, los médicos interesados podrán pedir al Ministerio de Salud que haga una evaluación de la solicitud para que autorice la aplicación de la FIV en la clínica privada del especialista.
LEA: Magistrado Luis Fernando Salazar: Es momento de que la Sala IV se haga a un lado
"Las visitas y las inspecciones se harán de forma inmediata para verificar si la clínica y el médico cumplen con los requisitos que establecerá la norma", precisó Gamboa.
Una vez que el Ministerio de Salud hace la inspección a la clínica privada, debe definir si le concede o no el permiso a la clínica para que aplique la FIV.
Gamboa aclaró que de momento no se ha establecido ningún plazo para que el Ministerio de Salud decida si le da el permiso o no a una clínica, pero "la inspección se haría de forma inmediata".
¿Qué dice el decreto que regula la FIV? El decreto establece que en seis meses deben estar listos los reglamentos técnicos para que la FIV se aplique en clínicas y hospitales privados.El decreto permitirá transferir un máximo de dos óvulos fecundados y el resto no se podrán ni comercializar ni desechar, ni se utilizarán para experimentos.
LEA: Ministerio de Salud creará banco nacional para guardar óvulos fecundados
Las normas técnicas deben ser elaboradas por el Ministerio de Salud.
El decreto también da un plazo de dos años para que la CCSS invierta en la capacitación de especialistas, compra de equipos, desarrollo de laboratorios y adopte todas las medidas necesarias para aplicar la técnica reproductiva.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó a Costa Rica permitir la FIV con el decreto ejecutivo que emitió el Gobierno el 10 de setiembre del año pasado
Para la Corte Interamericana la norma del Gobierno es válida para regular la técnica reproductiva en el país.
La orden de la Corte IDH contradijo la decisión que tomó la Sala Constitucional el pasado 3 de febrero, cuando anuló el decreto por considerar que los derechos humanos se deben regular solamente con una ley.