La Sala Constitucional confirmó esta tarde que está congelado el cobro de multas contra conductores que brinden servicios de transportes privado considerados ilegales mientras los magistrados resuelven una acción de inconstitucionalidad presentada por los congresistas Otto Guevara y Natalia Díaz del partido Movimiento Libertario.
La decisión de admitir para estudio una acción de inconstitucionalidad contra la ley que regula los servicios especiales de Taxi (Seetaxi) suspende así, por ahora, el cobro de multas. Sin embargo tanto la elaboración de partes, como la apertura de expedientes a las personas que brinden un servicio de transporte privado siguen en pie. Únicamente es el cobro lo que está suspendido por ahora.
En un comunicado de prensa, la Sala fue enfática en que la resolución del trámite solamente suspende la resolución final de los procedimientos.
"Esta resolución de trámite, tiene como efecto, solamente la suspensión del dictado de la resolución final de los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso".
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"Expresamente, señala la resolución del 11 de febrero, que en vía administrativa lo único que la acción suspende es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía. Además, que no se suspende la vigencia de la ley de reforma general, sino, únicamente su aplicación", detallan los magistrados.
"A partir de este momento, pueden hacerse multas o abrirse un expediente, pero no cobrarlas ni dictar resoluciones, porque están suspendidas", expresó Guevara, quien agregó que la Sala IV puede durar entre 12 y 18 meses en resolver el caso.
La queja fue interpuesta desde el año pasado por el congresista y su compañera de fracción, Natalia Díaz. En ese momento, los libertarios alegaron que esa legislación fortalece un monopolio y se incumple el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana.
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"Alegamos inconstitucionalidad a la normativa de Seetaxi, porque se crea un monopolio público a favor del Estado que fue aprobado en una Comisión con Potestad Legislativa Plena, integrada por 19 diputados, cuando según la Constitución Política se requiere una votación calificada de 38.
" Además, Costa Rica nunca incorporó a la lista de servicios excluidos del TLC el servicio de transporte privado de personas", explicó el libertario.
Guevara reconoció que aunque Uber sigue siendo ilegal, el panorama es mucho mejor que hace un par de días para las personas que se dediquen a ese oficio.
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"La sanción no se les va a imponer porque la ley que prohíbe el transporte de personas está siendo impugnada. Por lo que las personas que trabajen bajo la plataforma de Uber, los piratas, porteadores u otro tipo de servicios pueden realizarse", finalizó.
Notificación. La Policía de Tránsito dijo a La Nación que están a la espera de una notificación que les permita conocer el alcalce del curso de la acción.
Mario Calderón, director de ese cuerpo policial, indicó que el departamento legal se encargará de recomendarle el proceso a seguir.
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Por su parte, Carolina Mora, vocera de la Aresep, afirmó que la Aresep es respetuosa de lo que indica la Sala Constitucional, aunque deben analizar las implicaciones de esa decisión.
"La medida es vinculante y se debe acatar, por lo cual se continuará con el proceso ordinario de los casos que ingresen. Se realizarán las etapas de comparecencia, la recolección de testimonios y pruebas; sin embargo, no se podrá determinar si una persona es sancionada o absuelta, lo que no podemos hacer es emitir una decisión final", manifestó Mora.
Nota del redactor: Esta información fue actualizada a las 4:39 p. m.