Se espera que el próximo mes la Corte Suprema de EE. UU. falle sobre si la Constitución de ese país demanda que las parejas homosexuales tengan el mismo derecho a casarse que actualmente gozan los heterosexuales. La decisión será histórica y marcaría un precedente para Costa Rica.
El caso legal es sencillo: la XIV enmienda a la Constitución estadounidense garantiza “la protección de las leyes en un plano de igualdad” a “cualquier persona”. Si la ley establece la figura del matrimonio –con los múltiples beneficios legales que brinda a sus contrayentes– pero limita su goce solo a los heterosexuales, está negándoles a los homosexuales su derecho constitucional a recibir un trato igualitario ante la ley.
La llamada “cláusula de protección igualitaria” fue invocada por la Corte Suprema en 1954 para acabar con la segregación racial en las escuelas del sur de EE. UU. y para invalidar, en 1969, las leyes que algunos estados aún tenían que prohibían el matrimonio interracial. La expectativa es que en junio los magistrados estadounidenses fallen de igual forma contra la prohibición que trece estados mantienen contra el matrimonio de parejas del mismo sexo.
De vuelta en Tiquicia, convenientemente tenemos una versión de la “cláusula de protección igualitaria” en nuestra Constitución Política. El artículo 33 establece que “toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana”. Sin embargo, el Código de Familia, ley de jerarquía inferior al texto constitucional, determina que es “imposible” el matrimonio entre personas del mismo sexo. De tal forma, no se les está dando a los homosexuales un trato igualitario ante la ley, ya que se les priva de las garantías legales que el Estado les otorga a aquellas personas que pueden entrar en una unión matrimonial.
Por lo tanto, no estamos aquí ante un debate político sobre los mal llamados “derechos gais” que deba ventilarse en la Asamblea Legislativa y que tenga que esperar al día en que la opinión pública favorezca el matrimonio igualitario. Se trata de un tema de derechos civiles que no debe estar sujeto a los vaivenes de las mayorías.
Esta es una discusión legal, ya que gira en torno a reconocer el derecho constitucional que tienen todos los costarricenses, sin importar su condición, a ser tratados igual por la ley. Es a los magistrados de la Sala IV a los que les corresponde rescatar el espíritu del artículo 33 de nuestra Constitución.
(*)El autor es analista de pólíticas públicas