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Justicia pronta y cumplida

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La información contenida en el artículo “Tribunal analiza excusas de jueces en caso CCSS-Fischel” ( La Nación , El País, 12/agosto/08) me obliga, en mi calidad de Presidente del PUSC y abogado, a responder.

El inicio del juicio no se ha atrasado por las razones que apunta el artículo en cuestión.

La audiencia preliminar se suspendió por cinco días, para que la defensa estudiara documentos presentados por la Fiscalía, derecho que se tiene ante documentos que llegan de última hora. Evidentemente, cinco días de suspensión en un proceso de cuatro años no son la causa del atraso. La acusación se presenta el 16 de marzo del 2007, tres años después de iniciada la investigación, pese a que el Fiscal General, desde el 2004, manifestó públicamente que tenia “lista la investigación y el caso supuestamente resuelto”.

Es cierto que se recusa a la jueza Mercedes Muñoz. La defensa estimó que no era admisible que la jueza recibiera beneficios laborales de parte del OIJ, órgano subordinado al Ministerio Publico. Esa recusación y su solución atrasaron pocos días. El auto de apertura a juicio se dicta el 24 de septiembre del 2007. A la fecha, once meses después, el Tribunal Penal ni siquiera ha señalado la fecha para el debate.

De conformidad con el artículo 324 del Código Procesal Penal: “Dentro de las 48 horas siguientes al recibo de las diligencias, se fijarán el día y la hora del juicio, el que no se realizará antes de 5 días, ni después de un mes”. Rafael Ángel Calderón lleva casi once meses esperando. Es cierto que contra aspectos puntales del auto de apertura a juicio se plantearon recursos de revocatoria, con apelación en subsidio. No obstante, para resolver tales puntos no se requería más de 15 días; incluso, el juez podría resolverlos en menor tiempo.

Debe tenerse presente que nada impide al Tribunal fijar hora y fecha para el debate, pese a que haya asuntos interlocutorios que resolver, los cuales pueden quedar solucionados en el plazo que va desde el momento en que se fija la fecha del debate, y el momento en que este se inicia. Las medidas cautelares que pesan sobre don Rafael Ángel le impiden acercarse a puertos, aeropuertos y a cincuenta kilómetros de las fronteras, lo que perjudica su quehacer político en las actividades de nuestro Partido.

Nota de la Redacción

En el artículo “Tribunal analiza excusas en caso CCSS-Fischel” detallé una serie de recursos legales que interpusieron los abogados defensores del expresidente Calderón Fournier, como don Luis Fishman lo admite en los párrafos dos y tres de su texto de opinión, esos recursos (entre muchos otros interpuestos por los abogados de los acusados a lo largo de todo el proceso) existieron, están documentados y demoraron tanto la etapa de investigación como la audiencia preliminar del caso. Eso no es retórica, es la verdad.

Ernesto Rivera

Periodista

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