La cárcel como encierro surgió hace muchos siglos; sin embargo, como sanción propiamente dicha no sobrepasa los últimos 300 años de la historia humana. No obstante, se ha inculcado en el pensamiento de los miembros de la sociedad actual que es la única forma de control de la delincuencia.
Los medios de comunicación han cambiado su papel de formadores de opinión por la de creadores de opinión, al vender la errónea idea de que el delincuente es el “otro”, el alguien por el que no se debe tener la mínima consideración, ni en sus derechos y mucho menos en sus necesidades. Pregonan, incluso, la poca pertinencia de los derechos humanos en aras de lograr una pretendida seguridad, utópica a todas luces. Pero, así no se atacan las causas que generan la delincuencia, provocada, entre otras cosas, por la mala distribución del ingreso y la marginalización de muchos sectores de la sociedad que no llegan a tener verdaderas oportunidades de desarrollo.
Ya es necio decir que la cárcel no cumple con los supuestos fines que le son asignados por sus defensores: no readapta a los privados de libertad, no soluciona el conflicto social, no reinserta al exdelincuente, no brinda seguridad al ciudadano, las víctimas no ven resarcidas sus necesidades más allá de quien pretenda un venganza por el mal sufrido y no controla la delincuencia… Al final, se convierte en un fin en sí mismo y no en un medio efectivo para resolver los problemas de inseguridad ciudadana.
A esto debemos sumar un factor vital: la sobrepoblación carcelaria. Esta sobrepoblación, lejos de reducir la delincuencia, está creando una nueva generación de delincuentes con un mayor resentimiento social.
Identificados estos puntos, han surgido nuevas formas alternativas de buscar cómo solucionar el conflicto social producido por la comisión de un delito. La idea es que la víctima sea verdadera parte del proceso, tomada en cuenta (y sus necesidades) para la resolución del caso, y que la comunidad sea parte de la solución del conflicto surgido, sin que ejerza de juez “ajeno a la realidad de las partes”. Todo ello en apego a la legislación nacional y, sobre todo, en un respeto total a los derechos humanos de los participantes de los procesos.
Jóvenes con futuro. Como experiencia positiva y efectiva, al ser miembro del equipo penal juvenil del circuito judicial de Cartago, puedo señalar que estas formas alternativas de resolver el proceso penal (restaurativas y no retributivas), lejos de ser una “alcahuetería” como muchos lo proclaman, son una manera práctica de darle a la víctima un resarcimiento por el daño causado, sea este efectivo o simbólico, con apoyo de la sociedad y total responsabilidad del ofensor. Esta visión nos valió el premio “aportes al mejoramiento de la calidad de vida”, que no es más que el reconocimiento de que existen formas efectivas de resolver la delincuencia sin el fantasma de un encarcelamiento sin sentido.
El dar protagonismo a la víctima y sus necesidades, abordando a la persona menor de edad en conflicto con la ley de manera integral, incorporándola a la enseñanza por medio del INA, atacando los problemas de adicción por medio del IAFA, su aspecto psicológico con un especialista de la CCSS y propiciando la efectiva ayuda social por medio del IMAS y otras 120 instituciones da muy buenos frutos. Incluso, les permite realizar voluntariados en algunas de sus instalaciones, con los que estos jóvenes asumen valores como la solidaridad, responsabilidad y sobre todo la empatía con la sociedad.
Esta experiencia ha permitido, entre otras cosas, la reducción sustancial de la reincidencia delictiva en este segmento y, más importante aún, la reinserción de los jóvenes en la sociedad de manera positiva, con verdaderas herramientas que les permitan alejarse de la delincuencia. No debemos olvidar que cada joven recuperado es un delincuente menos a quién temer y un ciudadano más en quién confiar. Brindar una verdadera segunda oportunidad a las personas, es obligación de una sociedad tan desigual como la nuestra.