Ya se ha dicho mucho, pero lo repito ahora: Costa Rica es el único país latinoamericano y uno de pocos en el mundo que declara, en su Constitución Política, que el Estado tiene una religión oficial. ¿Significa esto que el Estado costarricense es una teocracia al estilo del Estado Ciudad del Vaticano? Obviamente no, a pesar de las inconsecuencias de que en nuestra Constitución coexistan las declaraciones de confesionalidad católica (art. 75), republicanismo (art. 1), soberanía popular (art. 2) y democracia representativa (art. 9). ¿Cómo es que una república democrática, con un gobierno popular y representativo, puede tener una religión oficial?
Generalización impropia. El argumento más frecuente para defender la confesionalidad del Estado apela a las mayorías: si la mayoría de la población se define como católica, la religión oficial será el catolicismo. No obstante, si bien el derecho a practicar una religión o a no practicar ninguna es inalienable en una democracia, esto no significa que el Estado deba tener una religión. Con una forma de gobierno republicana, el Estado debe ser el garante del respeto a la libertad religiosa, y no actuar como un feligrés más contribuyendo al proselitismo y al culto de una religión, aunque a esta se afilie el mayor número de creyentes.
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En los regímenes democráticos, el criterio de las mayorías se aplica cuando la ciudadanía (no la feligresía) toma decisiones civiles, como la elección de un nuevo gobierno; pero del hecho sociológico de que exista una feligresía mayoritaria no se sigue la confesionalidad del Estado. Este es más bien el fundamento de una teocracia, donde, in extremis, el texto constitucional sería el libro sagrado del culto religioso.
Corrupción del sentido. Que las democracias sean representativas significa que no siempre (casi nunca) podemos tomar decisiones y emprender acciones políticas directamente. Por esto, en principio, nuestra democracia se define como representativa (aunque la mayoría de la gente no entienda qué significa esto). Por mayoría de votos, elegimos a mujeres y hombres que, suponemos, nos representan en el gobierno del Estado.
Así, la representación bien entendida es política, es representación de la ciudadanía, independientemente de particularidades, pasiones y creencias. Para agruparnos y tener identidad social existen los gremios, los clubes, las asociaciones y, por supuesto, las Iglesias. Desde luego, a estos grupos les asiste el derecho de manifestar públicamente su posición u oposición políticas.
Sin embargo, cuando se sostiene que el Estado debe ser confesional, se parte de una corrupción del sentido de la representatividad, pues, así como es absurdo que el Estado sea gremial, heterosexual o seguidor de un equipo de fútbol porque la mayoría pertenece a gremios, tiene esa conducta sexual o sigue a ese equipo, es absurdo también sostener que deba ser católico porque la mayoría se afilia a ese credo.
Derecho, no privilegio. Recientemente se han alzado algunas voces contra la decisión tomada en el canal 13 de no transmitir más la misa católica ni el rezo del rosario. Los argumentos son de dos tipos: el consabido de que el canal estatal debe ofrecer espacios para programas católicos porque la mayoría de la población creyente es católica; o bien, que la programación del canal debe abrirse a otras denominaciones religiosas, además del catolicismo.
Al respecto, pregunto: ¿A cuáles otros credos se incluiría y con cuál criterio se seleccionarían?, ¿solo se aceptarían programas cristianos o también cabrían los dirigidos a la comunidad judía o a la musulmana?, ¿los hare krishnas estarían incluidos?
Cada denominación religiosa puede disponer libremente de sus fondos, incluso para financiar canales de televisión o estaciones de radio. Así pues, ¿dónde está el problema? De hecho, en nuestro país ya existen, y desde hace mucho tiempo, canales religiosos privados en la radio y la televisión, de corte católico y no católico, y con todo el derecho de transmitir contenidos doctrinales a sus respectivas feligresías.
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¿Qué es entonces lo que la gente religiosa (sobre todo católica) reclama al Sinart? Obviamente, perder un privilegio, no un derecho. Ya existe el derecho al culto y al proselitismo televisivo y al radiofónico que las diversas denominaciones religiosas puedan costear.
Así seguirá siendo porque Costa Rica es una república democrática, que debe garantizar la libertad religiosa, no porque una feligresía mayoritaria se sienta la dueña de la verdad y la moral, y quiera imponerlas usufructuando bienes del Estado y de todas las personas contribuyentes.
La autora es filósofa.