El Código de Educación establece en el artículo 210 que “cada grado (…) de las escuelas de primera enseñanza de la República, sin excepción, recibirá semanalmente dos horas lectivas de enseñanza religiosa”. La asistencia a clases es obligatoria para todos los niños, salvo que sus padres soliciten por escrito la exclusión. Exactamente, esa misma solución es la que se pondrá en práctica con el nuevo curso de estudios de educación para la afectividad y sexualidad integral que el Ministerio de Educación Pública MEP) impartirá el próximo año.
Los detractores del nuevo curso del MEP señalan que este debe eliminarse y utilizan los siguientes argumentos: promueve una ideología basada en creencias que no tienen ningún fundamento científico y que pretende ser impuesta a los estudiantes a través de su enseñanza.
No comparto ese razonamiento. Sin embargo, no pretendo aquí persuadir a nadie de lo contrario. Lo que deseo, nada más, es demostrar que, de aceptárseles como ciertos, bajo la misma lógica tendrían también que eliminarse de la oferta académica las lecciones de enseñanza religiosa obligatoria.
Según la definición del diccionario, la religión encaja dentro del concepto de ideología. La religión católica, la que se imparte y promueve en las lecciones de religión, no tiene base científica. Además, al enseñarse, pretende ser impuesta entre los estudiantes.
Lógica jurídica. Puede sostenerse que eliminar las lecciones de religión de la oferta académica perjudica a los estudiantes que tienen interés en la materia (y a los padres que desean que esta sea impartida).
De aceptarse lo anterior, de nuevo, bajo el mismo razonamiento, tendría que sostenerse que eliminar las lecciones de afectividad y sexualidad integral perjudica a los estudiantes que tienen interés en la materia (y a los padres que desean que esta sea impartida).
Desde una perspectiva de estricta lógica jurídica, la solución en este contexto no es otra que la de respetar en ambos casos el derecho a la libre elección. Ni negar el derecho al conocimiento en áreas de religión o de afectividad y sexualidad integral, ni imponerlo. Es el balance adecuado.
El autor es abogado.