Un empresario fue sentenciado a pagarle ¢184 millones al Estado por causar daños ambientales en áreas protegidas colindantes con una finca que adquirió en San Miguel de Cañas, Guanacaste, en el 2008.
Así lo dictó, la tarde de este jueves, el Tribunal de Juicio de Liberia en contra de Rafael Ángel Zamora Fernández, quien también es el dueño del grupo de empresas Pedregal.
Además, el jurado –conformado por Guillermo Arce, Rodrigo Campos y Max Baltodano– lo condenó a dos años y seis meses de prisión por cometer tres delitos de usurpación de aguas, uno de apertura de caminos en zona boscosa y otro de afectación de áreas protegidas.
Los jueces también le achacaron dos delitos de daños en perjuicio de la empresa Ingenio Taboga S. A., que se dedica a la plantación de caña y limita con la propiedad del acusado.
A pesar de ello, el empresario no irá a prisión, porque se le otorgó el beneficio de ejecución condicional de la pena por cinco años, tiempo en el cual debe abstenerse de realizar actuaciones que impidan la regeneración de las áreas del bosque en Cañas.
En espera. Los hechos que se acusaron ocurrieron a partir del 2008, cuando Zamora Fernández adquirió una finca en San Miguel, Cañas, según la acusación de la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental.
El Ministerio Público señaló, entre otras cosas, que el empresario desvió a su favor el río Higuerón, para que las aguas irrigaran su terreno en verano.
“Esto provocó que el cauce rectificado del río perdiera su caudal de manera considerable”, dijo el fiscal ambiental Luis Martínez en la acusación.
Algo similar ocurrió con el río Lajas. Según la Fiscalía, el acusado realizó un taponamiento en ese río, desvió las aguas públicas a su favor “con la finalidad de evitar que, en la época de invierno, las aguas se introdujeran y dispersaran” en la finca.
El cambio de curso de los ríos perjudicó, entre otros, las plantaciones de caña del Ingenio Taboga, expresó Martínez.
Por ello, el Tribunal también acogió, parcialmente, la acción civil resarcitoria interpuesta por esa empresa en contra de Zamora. El demandado le debe cancelar lo correspondiente a las pérdidas materiales provocadas por la desviación del río Lajas.
Además, deberá pagar las sumas correspondientes a los gastos en que incurrió Ingenio Taboga en la reparación de los daños ocasionados por las obras de rectificación del río Higuerón.
Según el Tribunal, ambos montos se dejan para ejecución de sentencia.
El fiscal Martínez concluyó: “Esta sentencia envía un mensaje a los grandes empresarios; cuando van a emprender un desarrollo, tienen que hacerlo solicitando los permisos correspondientes y todo debe ser en armonía con la naturaleza”.