La Corte Suprema de Justicia dictó las reglas con las que protegerá los “datos sensibles” en todas las sentencias judiciales.
La entidad evitará que terceras personas tengan acceso (por Internet u otro medio) a información como las creencias religiosas, orientación sexual o filiación política de los involucrados en procesos judiciales.
El reglamento se emitió el pasado 11 de agosto, para cumplir con la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos (8968), publicada en el 2011.
Para ello, el protocolo define un proceso de despersonalización de cada fallo, según explicó el magistrado Carlos Chinchilla, presidente de la Sala Tercera y de la Comisión de Protección de Datos, en el Poder Judicial.
El funcionario enfatizó que no se trata de “ocultar todo” y admitió que en algunas áreas de la institución todavía hay desconocimiento sobre el tema.
Según criterio de Chinchilla, esa despersonalización (eliminar los datos que identifican a la persona) solo debe hacerse cuando el fallo contenga otras informaciones consideradas sensibles o personales de carácter privado.
“Según fallos de la Sala Constitucional, hay datos personales que no se pueden divulgar, como teléfonos privados o la dirección.
”Pero también existen los datos sensibles, que son el punto medular de la ley. ¿Cómo se identifica un dato sensible? Es aquel que puede discriminar o excluir de la sociedad o de un grupo social”, explicó Chinchilla.
Según el juez, si el análisis se hace adecuadamente, se podría despersonalizar menos de un 20% del total de sentencias emitidas.
Además, sostuvo que el reglamento permite el equilibrio entre la protección de datos y el derecho de acceso a la información.
Despersonalizar. Chinchilla especificó que, para que se realice la despersonalización primero el juez o tribunal que dicta la sentencia, debe enviarla a un repositorio digital, con la alerta de que podría contener datos sensibles.
“Eso manda la resolución a un recipiente que lo centraliza en el Digesto de Jurisprudencia (oficina que respalda los fallos)”, detalló.
Los funcionarios de dicho departamento revisarán cada texto para determinar si, efectivamente, corresponde suprimir datos.
“La información sensible va a permanecer, porque es una guía jurisprudencial importante, pero se despersonaliza la identificación. Casi siempre se trata de víctimas, de agresiones sexuales, delitos contra menores, dijo Chinchilla.
”Por ejemplo, una persona acusada de agresión sexual contra persona menor es condenada a 20 años de prisión. Entonces la gente dice: ¡Qué terrible!, si se publica no le van a dar trabajo en ningún sitio; entonces, ¿hay que despersonalizarle la sentencia? No. De esa sentencia despersonalizo a las víctimas, no al imputado ni lo que hizo”, agregó.
El magistrado dijo que se mantendrá una base interna con la información completa.
Reconoció que, por el momento, el Poder Judicial no cuenta con la tecnología para modificar las sentencias orales, pero argumentó que son pocas las que no tienen respaldo escrito y se va a buscar la forma de hacerlo.
Chinchilla informó , además, de que se contrató a una firma extranjera para despersonalizar 40.000 fallos que se dictaron en un plazo que dio la ley cuando entró en vigencia y que vencía en marzo del año pasado. Sin embargo, indicó que el resultado no fue el esperado porque se tendió a ocultar “todo” y no se ha dado por recibido el producto.
Inscripción. Mauricio Garro, director de la Agencia de Protección de Datos (Prodhab), comunicó que esa oficina conoció el borrador del reglamento y le hizo algunas observaciones específicas pues, en general, cumplía con la ley.
Ahora, la Prodhab hace la evaluación final del texto para decidir si lo inscribe.