La Sala Constitucional rechazó la petición de una mujer trans para que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) le pague una cirugía de reasignación genital en el extranjero.
El recurso de amparo, tramitado bajo el expediente N.° 15-5796-007-CO, fue declarado sin lugar el viernes por los magistrados Gilbert Armijo, Fernando Cruz, Fernando Castillo, Ernesto Jinesta (salvó el voto) y los suplentes Carlos Manuel Estrada, Alicia Salas Torres y Rosa María Abdelnour.
La recurrente presentó la gestión el 28 de abril, luego de que el Hospital San Juan de Dios le contestara que no había especialistas en el país para aplicarle un procedimiento de reasignación sexual, por lo cual debían crear primero los protocolos.
Las personas trans tienen órganos genitales de uno u otro sexo, pero se identifican con el sexo opuesto. En el momento en que se realizan la reasignación genital, se les llama transexuales.
En el caso concreto, la paciente acudió a la gerencia médica de la CCSS para solicitar que le costearan la cirugía en otro país, para lo cual se sometió al procedimiento establecido en el Reglamento para Otorgamiento de Ayudas para Tratamiento Médico en el Exterior.
El hospital creó una comisión interdisciplinaria para analizar el caso, ya que en el expediente no constaba el criterio de especialistas sobre la necesidad urgente del cambio de sexo, que justificara científicamente la petición de la paciente y el financiamiento que solicitaba.
En ese proceso, la mujer trans interpuso el recurso de amparo por considerar violentados sus derechos fundamentales, pero fue declarado sin lugar.
La sentencia se encuentra en redacción, sin embargo, la Sala acreditó que a la mujer no se le ha negado la atención médica ni ella se ha sentido discriminada. Por otro lado, nunca se comprobó mediante dictámenes médicos que la cirugía sea necesaria.
El magistrado Jinesta salvó el voto para que se ordenara a la CCSS a crear los protocolos.