El Tribunal Penal de San José deberá evaluar si un hombre, condenado a cinco años de prisión por asaltar a un transeúnte en el paseo Colón, es candidato para que le coloquen un dispositivo electrónico y cumpla su pena en su domicilio.
La Fiscalía se opuso a la medida, pues el Ministerio de Justicia y Paz carece de la infraestructura idónea, y la Ley sobre los Mecanismos Electrónicos de Seguimiento en Materia Penal (N.° 9271) dio un año de tiempo para alistar los brazaletes.
No obstante, el Tribunal de Apelación de Goicoechea, mediante el voto N.° 292-15, resolvió a favor del sujeto.
El fallo presiona a las autoridades penitenciarias para que apresuren la aplicación de los mecanismos electrónicos, y para que evalúen, mientras tanto, un monitoreo por otros medios.
Hay seis firmas escogidas por la Unidad Ejecutora del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por $132 millones, destinado al Programa para la Prevención de la Violencia y Promoción de la Inclusión Social.
Esas compañías serán invitadas en las próximas semanas a enviar sus propuestas, de acuerdo con el cartel de licitación, para escoger la ganadora.
El crédito destina $1,5 millones para el plan piloto con reos en prisión preventiva, pero aún no se cuenta con el presupuesto para utilizar el dinero en condenados a prisión.
El caso. El asaltante, de apellido Cordero, recibió su pena el 27 de octubre del 2014, pero su defensora pública apeló luego de que, el 31 de octubre de ese año, entró a regir la ley N.° 9271.
Según alegó, Cordero podría ser monitoreado desde su casa por medios tecnológicos sin necesidad de ir a prisión, pues es joven, tiene familia y ánimos de superación, por lo que la medida favorecería el fin resocializador de la pena.
Por ahora, el sujeto está libre y firma una vez al mes, a la espera de que se resuelva su caso.
Los jueces Joe Campos, Lilliana García y Rosaura Chinchilla acreditaron que Cordero cumple con los requisitos objetivos para recibir el brazalete; entre ellos, que su pena no supera seis años, no integró la delincuencia organizada, no cometió delitos sexuales contra menores, tampoco usó armas de fuego y es la primera vez que delinque.
El caso lo devolvieron al tribunal para que considere, en una audiencia, las circunstancias personales del encartado y determine si la medida no constituirá un peligro y si el sujeto no evadirá el cumplimiento de la pena.
No se justifica. El transitorio único de la ley N.° 9271 señala que, durante el primer año, los brazaletes se aplicarán solo como medida cautelar (en vez de la prisión preventiva), pero el Tribunal de Apelación consideró que esta disposición es contradictoria.
Por un lado, el transitorio posterga la vigencia de los brazaletes y de las medidas en fase penitenciaria, a la existencia de recursos económicos, pero el último renglón de la norma declara la vigencia inmediata de toda la ley, lo que invalidaría la espera del año.
Los jueces aseguran que el principio de retroactividad de las normas posteriores más beneficiosas, no puede estar condicionado, ni el Estado puede limitar esa garantía con una ley.
“Como si eso fuera poco, resulta que se pretende relegar el derecho de una persona (a que su sanción vigente sea más benigna y en mejores condiciones) hasta tanto se cuente con recursos económicos para aplicar el mecanismo de vigilancia, lo que tampoco es posible”, puntualiza el fallo.
Tiempo. La ministra de Justicia, Cristina Ramírez, aseguró a La Nación que el proyecto de brazaletes debe incluir un centro de control y seguimiento con la infraestructura y el equipo tecnológico idóneos.
También deben comprarse los dispositivos de seguimiento, establecer los protocolos de actuación y capacitar al personal.
Ramírez dijo que, una vez que inviten a las firmas a enviar propuestas, se tomarán seis semanas, al final de las cuales se suscribirá el contrato con la firma elegida. Esto permitirá el inicio de las tareas de ejecución del plan piloto para ponerlo en operación en el segundo semestre del 2015.
Ramírez añadió que la Sala Constitucional dispuso, en un voto de minoría, de marzo, un plazo de 12 meses para la implementación de los dispositivos, por lo que asegura que está dentro de los parámetros establecidos.