La portación de armas en el servicio de vigilancia privada será limitado a partir de este viernes.
El diario oficial La Gaceta publicó el acuerdo 2016-132-MSP, firmado por Gustavo Mata, ministro de Seguridad Pública, el cual establece que las únicas firmas autorizadas para usar el armamento son las de custodia y transporte de valores, de mercancías, así como los guardaespaldas.
Con esta directriz, los bancos, empresas, entidades públicas, hospitales, centros comerciales y condominios que deseen tener oficiales de seguridad privada armados deberán presentar, en un plazo de tres meses, un estudio técnico para justificar por qué requieren a oficiales con armas de fuego.
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El acuerdo establece que el informe deberá ser realizado por un criminólogo o un profesional acreditado en materia de seguridad. La Dirección de Servicios de Seguridad Privada del ministerio decidirá si lo avala.
Según ha manifestado Gustavo Mata, ministro de Seguridad, esta disposición se da a raíz del descontrol que hubo por muchos años con este tipo de empresas.
Por ejemplo, en los argumentos de la nueva directriz se cita que, al 31 de mayo de 2016, están registradas 30.292 armas de fuego. De ese total, hay 7.070 que no se sabe dónde están porque pertenecen a 715 empresas que se disolvieron o trabajan en la informalidad.
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Muchas de esas pistolas, revólveres y escopetas están siendo robadas por los delincuentes y utilizadas para cometer delitos, aseveró el titular de Seguridad.