El nuevo reglamento sobre vida silvestre define los zoológicos como lugares dedicados a la educación ambiental mediante la exhibición de animales.
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Por su parte, especifica que los centros de rescate son entidades sin fines de lucro que deberán estar cerrados al público para evitar el contacto con el ser humano y así atender animales heridos, rescatados y decomisados en pro de su liberación.
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En este sentido, algunos sitios que a la fecha funcionan como centros de rescate pero exhiben animales y permiten la visitación del público deberán inscribirse también como zoológicos.
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Esto a la luz del nuevo Reglamento a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre que el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís y el ministro de Ambiente, Édgar Gutiérrez, firmaron este jueves. La nueva normativa entrará a regir una vez sea publicada en el diario oficial La Gaceta.
Con este reglamento se hace operativa la Ley de Conservación de la Vida Silvestre (N° 7317), la cual fue reformada en el 2012 mediante un proyecto de ley presentado por iniciativa popular.
"Esta ley planteó un cambio de paradigma y este vino precisamente promovido por la gente. La sociedad ha ido cambiando y ya las personas no aceptan que los zoológicos funcionen como hace 30 años. La gente exige condiciones más dignas para los animales y eso ahora se ha traducido en lo jurídico", comentó Natalia Batista, quien es asesora de la viceministra de Ambiente.
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Para ella, la ley y su reglamento encaminan a Costa Rica hacia un manejo de la vida silvestre sustentado en criterios técnicos y científicos, lo cual busca equiparar a las entidades nacionales a instituciones extranjeras de renombrada trayectoria en el tema.
El reglamento se trabajó desde el 2013 al 2016, se realizaron 40 talleres y se consultó a expertos de diversas instituciones. Asimismo, el documento se sometió a consulta pública entre octubre y noviembre del año pasado, durante tres semanas.
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Según Batista, el cambio será gradual. Los actuales permisos, licencias y autorizaciones mantendrán su vigencia hasta su vencimiento.
Durante los seis meses posteriores a la entrada en vigencia, los sitios de manejo (centros de rescate, zoológicos y zoocriaderos) deberán trabajar en un plan que incorpore las medidas organizativas, manejo técnico e infraestrutura que les permita cumplir con las disposiciones del nuevo reglamento.
¿Qué se propone?
Según Batista, el nuevo reglamento lo que viene es a poner orden. Por ejemplo, se dota a los funcionarios del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) de una serie de protocolos, para actuar frente a situaciones donde se dé una interacción entre personas y animales como cocodrilos, pizotes y mapaches.
También se le pide a Sinac presupuestar dinero para comprar equipo de manejo de vida silvestre, alimento para animales en su custodia, pagar atención veterinaria de emergencia, capacitaciones, combustible y viáticos para traslados e inspecciones, entre otros.
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En cuanto a los sitios de manejo de vida silvestre, el nuevo reglamento es específico en cuanto al diseño de las jaulas o recintos, así como a las barreras de seguridad. También se indica que deben tener una sala destinada a la preparación de alimentos, clínica y sala de cuarentena.
El plan de manejo, que cada sitio diseña según sus particularidades, deberá también contemplar acciones si se produce un cierre.
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En el caso específico de los centros de rescate, se establecen nuevas regulaciones para la liberación de fauna. Por ejemplo, los animales candidatos a liberación –que hayan permanecido en el centro por más de 72 horas– deberán someterse a una evaluación sanitaria (exámenes físicos y laboratorio) para descartar presencia de patógenos que pudieran contagiar a las poblaciones silvestres.
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De igual manera, y según el artículo 56, se realizarán evaluaciones genéticas para conocer el estado de salud de las poblaciones.
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El artículo 76 faculta al Sinac a recurrir a zoocriaderos sin fines comerciales para reproducir animales, siempre y cuando se determine científicamente que el estado poblacional de la especie así lo requiera.
"El objetivo de esta reproducción será la liberación de los animales nacidos en cautiverio o el mantenimiento como un banco de genes", se lee en el reglamento.
En cuanto a los zoológicos, estos serán los receptores de animales que por sus condiciones físicas o comportamiento no puedan ser liberados en el bosque. El zoológico comercial sí podrá adquirir legalmente animales para su colección, pero deberán comprobar el origen y pedir los respectivos permisos.
En cambio, el zoológico tipo "santuario" no está autorizado a comprar, vender o intercambiar animales silvestres. Los animales de sus exhibiciones será producto de rescate o decomisos y requerirán de una declaratoria de no liberación por razones físicas o comportamiento.
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Ninguno de los dos podrá reproducir animales. De hecho, deberán contar con un plan de anticoncepción para fauna en cautiverio.
Asimismo, todos los animales en cautiverio deberán ser marcados ya sea con microchip, anillos, marbetes o tags, placas y muescas en escamas, entre otros.
Los regentes, tanto el biológico como el veterinario, deberán rendir informes trimestrales que detallen los ingresos y egresos, así como las defunciones. También, cada animal tendrá un expediente médico, en formato físico y digital.
"Esa rigurosidad técnico - científica, por ejemplo, nos permitirá plantear preguntas de investigación para conocer lo que está pasando con nuestra vida silvestre", destacó Batista.
Plataforma de información
De hecho, el nuevo reglamento crea el Sistema Nacional de Información sobre Vida Silvestre. Esta es una plataforma virtual de la información relativa a la vida silvestre y será administrada por Sinac.
"La idea es que esta plataforma sea de acceso público y esté bajo la política de datos abiertos del gobierno", dijo Batista.
En este sitio web se registrarán los sitios de manejo, la fauna y flora en manos de particulares, los permisos de extracción o colecta con fines científicos, la lista de taxidermistas y regentes así como importadores y exportadores de vida silvestre, entre otros.
Al amparo del nuevo reglamento, también se crea la Comisión Nacional de Vida Silvestre, integrada por universidades, colegios profesionales y organizaciones no gubernamentales, que asesorará al Sinac en temas de conservación y manejo de vida silvestre.
Asimismo, esta comisión verá casos específicos como, en su momento, pudo haber sido el león Kivú.