“El Presidente y los vicepresidentes serán elegidos simultáneamente y por una mayoría de votos que exceda del 40% del número total de sufragios válidamente emitidos […] Si ninguna de las nóminas alcanzare la indicada mayoría, se practicará una segunda elección popular el primer domingo de abril del año entre las dos nóminas que hubieren recibido más votos”.
El texto anterior corresponde al actual artículo 138 de nuestra vigente Constitución Política, de 1949, y se incluyó en el acápite referente a la elección del Poder Ejecutivo, siendo ello el resultado directo de un extenso periplo histórico, cuyos más antiguos antecedentes están afincados en los orígenes mismos del derecho constitucional costarricense durante el siglo XIX.
Así, con motivo de la segunda ronda electoral del 2022 -celebrada el pasado domingo 3 de abril-, se presentan las diversas incidencias, personajes, fechas y especificidades que se han concatenado en nuestra historia para que la ciudadanía escoja, si fuese necesario, quien rija en balotaje los destinos políticos de Costa Rica.
Normas pioneras
Con la emisión de la Constitución Política de la Monarquía Española o Constitución de Cádiz en 1812 (primera norma de su tipo en la historia española en general y costarricense en particular), se instauró el primer sistema eleccionario de nuestra historia a través de una votación indirecta gradual.
Proceso en el que los habitantes (con ciertos requisitos) se agrupaban en Juntas de Parroquia para elegir electores de Juntas de Partido, cuyos miembros, a su vez, elegían a Juntas de Provincia, estas últimas las cuales votaban por nuestros diputados a las Cortes (órgano legislativo español), manteniéndose dicho modelo hasta 1814 y resurgiendo entre 1820 y 1821.
A partir de nuestra independencia (29 de octubre, 1821) y tras la emisión,en diciembre de ese año, del Pacto Social Fundamental Interino de la Provincia deCosta Rica (o Pacto de Concordia), el sistema eleccionario indirecto, con algunas variaciones, se mantuvo funcionando. Situación repetida en las constituciones del Primer Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica (marzo, 1823) y el Segundo Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica (mayo, 1823).
Lo anterior continuó aplicándose con la Constitución de la República Federal de Centroamérica (noviembre, 1824) bajo cuya égida Costa Rica se colocó en ese año. Así como, con la Ley Fundamental del Estado Libre de Costa Rica (enero, 1825), en cuyo texto se creó el cargo de Jefe de Estado y se dispuso, por vez primera, que, si ninguno de los postulantes lograba la mayoría de la mitad más uno de los votos, entonces el Congreso escogería entre todos los candidatos.
Cambio y recambio
A partir de la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1844 (abril),se derogó el modelo eleccionario indirecto y se instauró la novel figura del voto directo. Empero, lo anterior no supuso buenos réditos para nuestro país.
En ese sentido, tras las elecciones, resultó electo el ciudadano Francisco M. Oreamuno B., quien, tras asumir el mandato (29 de noviembre), no quiso mantenerse en ello, dimitiendo casi de seguido (17 de diciembre). Hecho que desató una crisis política que implicó dos gobiernos interinos (1844-1845 y 1845-1846) y un Golpe de Estado (junio 1846).
Lo anterior hizo que, tras aprobarse la Constitución Política de 1847 (enero), se retomase el voto indirecto (pero solo con dos grados o etapas), manteniéndose que, si los candidatos no alcanzaban la mayoría requerida, sería el Congreso el que escogería al nuevo mandatario, pero ahora solo entre los dos individuos con más votos, además de lo cual se creó el cargo de Presidente de Estado. Casi todo lo cual se mantuvo inalterable en las constituciones de 1848 (en la que se incluyó la figura del Presidente de la República), 1859, 1869 y 1871.
La antesala
En mayo de 1913 y tras 66 años de vigencia, la votación indirecta fue derogada y, por segunda ocasión en nuestra historia, se restituyó el voto directo. Más, al igual a lo ocurrido en 1844, esto implicó nuevos conflictos políticos.
En efecto, tras las elecciones de diciembre de ese año, ninguno de los tres candidatos (Máximo Fernández A., Carlos Durán C. y Rafael Iglesias C.) obtuvo la entonces necesaria mayoría de 50% para alcanzar la Presidencia de la República,por lo que dicha decisión pasó al Congreso. Coyuntura en la que Fernández quedó de primero, seguido de Durán e Iglesias en tercer lugar.
Así, una primera alianza entre Durán e Iglesias se rompió cuando el primero descubrió un acuerdo entre el segundo y Fernández. Ante ello, surgió la componenda para que el entonces diputado Alfredo González F. fuese propuesto ante el Congreso como Primer Designado (actual vicepresidente) y así asumiese luego la Presidencia del país, previa renuncia de Fernández y Durán a sus aspiraciones electorales, como en efecto sucedió (abril, 1914).
Por fin, el 1° de mayo y después de un acalorado debate en el Congreso sobre la legalidad de elegir primero al cargo de Presidente o al Primer Designado,se impuso la segunda tesitura con 36 votos, resultado González Flores escogido para dicha función.
De seguido y tras las ya previstas dimisiones de Fernández y Durán, el Congreso convocó a González F. al ejercicio de la Presidencia de Costa Rica en su calidad de Primer Designado, lo cual hizo a partir del 8 de mayo y hasta enero de 1917 cuando fue defenestrado por un Golpe de Estado.
Cambio histórico
Con la emisión de la Constitución Política de 1917 (junio) se restauró el voto indirecto, se le dio la condición jurídica de secreto y se dispuso la obligación de portar una cédula para sufragar. No obstante, en 1919, la norma de 1917 fue derogada, regresando la vigencia de la Constitución Política de 1871 y, por ende, la del voto directo. Además, en 1920 se volvió al voto público.
Ya para diciembre de 1923 hubo tres candidaturas a la presidencia: Ricardo Jiménez O., Alberto Echandi M. y Jorge Volio J., siendo que, tras los comicios (en los que ninguno obtuvo la mayoría necesaria), Jiménez quedó en primer lugar,seguido de Echandi y luego Volio, por lo que, como en 1913, el Congreso decidiría entre los dos primeros. A inicios de 1924, Jiménez y Volio anunciaron el apoyo de este último al primero para la elección legislativa del 1° de mayo, ocupando así Jiménez, por segunda ocasión, el solio presidencial.
Fue entonces cuando ocurrieron importantes cambios electorales, pues en 1925 se restituyó el voto secreto y se ordenó colocar la foto de los candidatos en las papeletas, mientras que en 1926 se trasladó el día de las elecciones para el segundo domingo de febrero de cada cuatrienio.
En 1926, además, ocurrió el cambio más significativo de aquella época. Ya que, con el fin de eliminar la decimonónica atribución del Congreso para elegir al Presidente, se aprobó la pionera verificación de una segunda ronda electoral entre los dos participes con más votos, cuya fecha sería la del primer domingo de abril del mismo año de la primera ronda.
Periplo posterior
En febrero de 1932, tres individuos se disputaron el mandato presidencial: el ya citado Ricardo Jiménez O., Manuel Castro Q. y Carlos Jiménez O., resultando el expresidente en primer lugar, Castro de segundo y Jiménez en tercera posición, pero ninguno con la mayoría electoral necesaria. Por lo que todo estuvo listo para que la figura de la segunda ronda electoral se aplicase por vez primera.
En paralelo, fue este el primer proceso eleccionario en que se utilizó a la radio como medio de comunicación propagandístico, además de ser la primera ocasión en que se masificaron las giras de los candidatos a diversos pueblos y localidades rurales del país.
Empero, un hecho bélico nulificó a la segunda ronda. El 15 de febrero, un grupo de partidarios de Castro se apoderó del Cuartel Bellavista (actual Museo Nacional), desconociendo los resultados de la elección. Después de varios días de combate y cañoneos (cuyos vestigios todavía hoy pueden verse en las atalayas de dicho sitio), así como la cifra de 15 muertos, los rebeldes se rindieron (18 de febrero), pasando a conocerse dicho episodio como el Bellavistazo.
Ante esto, Castro renunció a su candidatura, por lo que el Congreso optó por revivir la estratagema de 1914. Así, Ricardo Jiménez fue escogido como Primer Designado (1° de mayo) y se prescindió de convocar a la segunda ronda electoral (3 de mayo). Mismo día en que Jiménez fue llamado para asumir la presidencia como Primer Designado a partir del 8 de mayo, como en efecto lo hizo.
Para 1936 se determinó que el voto fuese un deber de la ciudadanía, se estableció en un 40% el porcentaje para ganar las elecciones y se prohibió que un candidato renunciase a una eventual segunda ronda, siendo en 1946 cuando se promulgó el pionero Código Electoral y se creó el Tribunal Nacional Electoral.
Nuevos hitos
Tras emitirse la actual Constitución Política de 1949, se refrendaron casi todas las normas electorales ya descritas y se fundó el Tribunal Supremo de Elecciones, pero se trasladó la primera ronda para el primer domingo de febrero.
Misma norma constitucional en la que se aprobó el derecho a votar a la mujer, cuya primera en hacerlo fue la señora Bernarda Vázquez M., quien el 30 de julio de 1950 sufragó en un plebiscito cantonal. A lo cual siguió, en 1953, las primeras elecciones nacionales en que la mujer costarricense votó.
Ya en 1959 se le dio al sufragio la categoría jurídica de obligatorio, mientras que, para 1975, el TSE adquirió el rango constitucional de Poder del Estado, siendo en 1977 cuando se dieron las primeras elecciones primarias a lo interno de los partidos políticos, así como el primer debate presidencial televiso en 1986.
Por fin, el 7 de abril de 2002, la segunda ronda electoral se materializó por primera ocasión en nuestra historia, resultando vencedor el candidato Abel Pacheco de la E., quien se enfrentó a Rolando Araya M. Asimismo, fue en agosto de 2009 cuando se aprobó el actual Código Electoral (ley n.° 8765).Para el 6 de abril de 2014, el candidato Luis G. Solís R. ganó el segundo evento de segunda ronda de nuestro país al imponerse a Johnny Araya M., quien, por su parte, fue el segundo candidato en renunciar a dicha figura desde 1932 a pesar de la prohibición expresa para ello en el ya citado artículo 138 constitucional. Mientras que, el 1° de abril de 2018 y tras la tercera ocasión de una segunda ronda, el candidato Carlos Alvarado Q. venció a Fabricio Alvarado M.
Así, el pasado 3 de abril de 2022, la ciudadanía costarricense asistió al cuarto episodio de una segunda ronda, resultando ganador el candidato Rodrigo Chaves, quien se impuso al postulante liberacionista y expresidente de la República José María Figueres. De esta forma, se concretó un capítulo más de la prolífica historia electoral que nuestra patria ha desarrollado de modo certero desde hace más de dos siglos.
El autor es profesor de la Cátedra de Historia del Derecho de la Universidad de Costa Rica.