En San Carlos, bajo el sitio del Proyecto Crucitas, se presentan dos acuíferos, el superior y el inferior. El primero se encuentra a unos 7 metros bajo el suelo y es de poca extensión, por lo que es un acuífero local. El segundo, se encuentra a 50 metros de profundidad, es de mayor extensión, por lo que se ha llamado acuífero regional. Este acuífero tiene además, bajo Crucitas, una característica especial, es surgente, es decir que el agua sube a presión en un pozo, sin necesidad de usar una bomba para su extracción. Ambos acuíferos, bajo Crucitas, tienen limitaciones de calidad, el superior por ser ácido y el inferior por tener más hierro de la cuenta. Esta característica NO los hace despreciables, tan solo implica que en caso de querer utilizarse el agua debería ser tratada para neutralizarse esa característica de “contaminación natural y local” que tienen.
El desarrollo del Proyecto minero Crucitas, impactará directamente ambos acuíferos. Así lo ha reconocido la empresa Infinito Gold. El acuífero superior, bajo la mina, ya que se encuentra muy cerca de la superficie será impactado de diversas formas, por efectos directos en los tajos, por contaminación debido a la actividad minera, por el uso de combustibles y por la misma laguna .
El acuífero inferior. El acuífero inferior, el regional, como está confinado, es decir, protegido por capas de rocas impermeables, en principio no puede ser afectado por las sustancias contaminantes que se infiltran en el suelo, más si va a ser impactado, dado que en la excavación del tajo, la minera lo interceptará, ya que los tajos previstos tendrán hasta 67 m de profundidad. Será un “lago de aguas interceptadas”, el lago del Tajo Fortuna, por donde los contaminantes (sustancias químicas), podrán ingresar al acuífero inferior. Durante la explotación, la salida de agua en el piso del tajo, será espontánea y en gran cantidad. Tanto que la minera tendrá que extraer el agua para poder seguir explotando la roca con oro del fondo del tajo. Este hecho tiene un impacto más allá del área de la mina, en el subsuelo, ya que provocará que el nivel freático regional del acuífero descienda.
Además, de esto, según lo señalan los estudios hidrogeológicos que la empresa Infinito mandó a realizar para el área donde se ubicaría la mina, el agua subterránea en este acuífero se mueve en dirección contraria al río San Juan, hacia el suroeste, donde a pocos kilómetros se localizan importantes pozos de abastecimiento público de Acueductos y Alcantarillados! En una nota de enero del 2007 de Senara que consta en el expediente de Setena, en otra de diciembre del 2008, reiterada nuevamente en mayo del 2010, la Dirección de Investigación y Gestión Hídrica de Senara afirmó que la institución no ha realizado ningún estudio de campo y no cuenta con mayor información sobre las aguas subterráneas en esta zona precisa.
Proceso de revisión. Es claro que el impacto del proyecto minero Crucitas será importante, aunque se quiera minimizar. Es un impacto ambiental que debió ser evaluado con detalle por medio de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) completa y coherente por parte de la Setena y de la sociedad en general, durante el proceso de revisión. Proceso que no se dio porque la minera no presentó una EIA integral como lo exigía la misma legislación, con el cambio de diseño y con el incremento del volumen a explotar de 8 a 22 millones de toneladas, y pasar de 10 metros a 67 metros de profundidad. Este hecho que fue alegado en la Sala Constitucional, se “subsanó”, según consideraron 5 magistrados de dicha Sala, durante el proceso judicial, mediante el “aval” que supuestamente Senara dio, en un tiempo muy corto, al informe técnico hidrogeológico que presentó la Minera.
La consulta al Senara, y en particular a su Dirección de Gestión Hídrica, donde se encuentran sus hidrogeólogos está normada desde el 2007, por el Reglamento para regular la prestación de servicios en materia de aguas subterráneas (Acuerdo No. 3342 de la Junta Directiva de Senara).
Esa Dirección, el 3 de diciembre del 2008, por medio del oficio ASUB – 543 - 08, referente al recurso de amparo sobre Crucitas, concluye que la información técnica aportada por la minera es local o puntual y además, indica que el Senara no cuenta “con información que permita definir las zonas de recarga y descarga y el impacto de la actividad minera a los mantos acuíferos y las aguas superficiales”, por lo que indica que “se requiere de la elaboración de estudios hidrogeológicos detallados para la valoración de los impactos de la actividad minera puede generar sobre los mantos acuíferos, para lo que se estima se requiere de un tiempo estimado de 10 a 12 meses en su ejecución”.
Dicho estudio técnico no ha sido realizado, ni por el Senara, ni por ningún otro profesional en hidrogeología. Esto, pese a que podrían estar poniéndose en peligro de contaminación pozos de abastecimiento público en la zona.
Consecuencias internacionales. La duda persiste, y es una muy importante. La reciente"intercepción" imprevista de la concesionaria Autopistas del Sol del acuífero del Barva y la sentencia 2010-10750 del 18 de junio pasado por parte de la Sala Constitucional, evidencia la necesidad de mayores estudios para cotejarlos presentados por una empresa privada y para prevenir un daño ambiental.
En el caso de Crucitas, no solo se estaría poniendo en peligro un recurso natural estratégico muy importante para el país, sino que además, podría tener consecuencias internacionales, en caso de que se demuestre que es un acuífero regional de tipo internacional ("acuífero transfronterizo" segúnla nomenclatura de las Naciones Unidas, la cual yatiene aprobado un anteproyecto de convención respecto al "Derecho aplicable a los acuíferos transfronterizos", aprobado por la Asamblea General de la ONU en enero del 2009). La duda debió ser aclarada, con el debido criterio científico e imparcial, antes de que se fallara sobre este polémico proyecto en la Sala Constitucional. Pero no lo fue y ahora persiste gravemente.