El profesor Miguel Rojas ha puesto en discusión la fecha en la que debemos conmemorar la independencia patria. El tema no es nuevo pues, en 1971, a raíz de la celebración del sesquicentenario de la Independencia, se publicó un folleto titulado Acta de Independencia de Costa Rica , en el que varios historiadores tratamos el asunto. El recordado maestro Rafael Obregón Loría lo abordó en su libro Los primeros días de Independencia , publicado aquel mismo año.
Ahora, ese asunto adquiere relevancia pues algunos diputados –motivados por un localismo un tanto trasnochado– han revivido la idea de cambiar la fecha de la Independencia. Ya existe un par de proyectos en tal sentido en eso que llaman la “corriente legislativa”, que, más que “corriente”, a veces parece el mar de los Sargazos.
Documentos inesperados. Vale la pena tratar de poner algunas cosas en claro. En primer lugar, el Acta del 15 de setiembre de 1821 no declaró la Independencia de Centro América. Su artículo 1.º señala textualmente: “Que siendo la Independencia del Gobierno español la voluntad general del pueblo de Guatemala , sin perjuicio de lo que determine el congreso que debe formarse , el Señor Jefe Político le mande publicar'” (las cursivas son nuestras).
Por lo tanto, en aquella fecha y por medio de la mencionada acta, solo se proclamó la independencia de la ciudad de Guatemala. Así quedó demostrado en la nota que, el 22 de setiembre, una semana después, envió el costarricense Pablo Alvarado (prócer un tanto olvidado) desde Guatemala, al Ayuntamiento de San José. Alvarado escribió: “Esta capital, está ya independiente”; no dijo: “Esta provincia” ni “Esta Capitanía”, sino que se refirió a claramente a la capital.
Por otra parte, en el artículo 2.º del Acta se ordenó el envío de los oficios correspondientes y extraordinarios a las demás provincias para que concurriesen a “esta capital a formar Congreso que debe decir el punto de independencia general absoluta , y fijar, en caso de acordarla, la firma de gobierno y la ley fundamental que deba regir”.
Dicho texto no requiere interpretación; es claro que la independencia general de la Capitanía estaba por decidirse, y, dada “la gravedad y urgencia del asunto”, los delegados debían estar en Guatemala el 1.º de marzo del año 1822 para iniciar las sesiones del Congreso.
El 28 de setiembre, ante las noticias llegadas de Guatemala y el Acta del 15 en cuestión, la Diputación Provincial de León (Nicaragua y Costa Rica) decidieron independizarse de Guatemala, “que parece se ha erigido en soberana” y “la Independencia del Gobierno Español, hasta tanto se aclaren los nublados del día y pueda obrar esta provincia con arreglo a lo que exigen sus empeños religiosos y verdaderos intereses”.
Esos dos documentos llegaron a Costa Rica el 13 de octubre de 1821 provocando enorme desconcierto por lo inesperado y contradictorio de aquellas comunicaciones. Es imposible explicar aquí con detalle lo acontecido en aquellos días; mas vale señalar que, para decidir el camino adecuado, el cabildo de Cartago invitó a los de San José, Heredia, Alajuela, Ujarrás, Barba, Escazú y otros, a nombrar delegados que tomasen resolución debida.
Dos pareceres. Así, el 25 de octubre, en Cartago se reunió la Junta de Legados de los Ayuntamientos. En ella se planteó un problema de fondo: la legitimidad de la representación popular de aquellos legados para nombrar una Junta de Gobierno Provisional, como lo proponía San José. Aquel debate, ideológico, lo lideraron el representante de Ujarrás, Rafael Francisco Osejo, y el de Cartago, José Santos Lombardo.
Osejo consideró que los legados allí reunidos no tenían suficiente representatividad popular para decidir, a nombre del pueblo, la forma de gobierno. Para Lombardo, aquella Junta solo debería nombrar un Gobierno Provisional, que tendría un carácter más de emergencia y necesidad inmediata.
Esa disputa también ha suscitado diversas interpretaciones, como las que constan en el libro +La independencia, de Ricardo Fernández Guardia.
Después de un amplio debate triunfó la tesis de Osejo, y la Junta de Legados de los Ayuntamientos resolvió suspender las sesiones y que “los señores concurran a sus poderdantes consultando con ellos su resolución, poniendo de manifiesto las razones o motivos en pro y en contra”; es decir, informando y tomando el cuenta la participación y la voluntad populares, tan venidas a menos.
Mientras ello sucedía en Costa Rica, el 11 de octubre se produjo un segundo acuerdo en la Diputación Provincial de León, por el que se proclamó la independencia absoluta del gobierno español “en los mismos términos que la propone el plan del señor Don Agustín de Iturbide y bajo los auspicios del ejército imperial”.
En la noche del 28 de octubre, mientras algunos legados volvían a sus ayuntamientos y otros estaban todavía en Cartago, el correo proveniente de León arribó a la capital provincial. Su mensaje se entregó al jefe político Juan Manuel de Cañas.
Cañas no la divulgó en su momento, la noticia de haberse proclamado la independencia de España por la Diputación corría ya por la ciudad en la madrugada del día 29. En consecuencia, con un grupo de vecinos y sin violencia, Lombardo tomó el cuartel de Cartago. Según su decir, dejó sin autoridad militar a Cañas para evitar que se opusiese a la independencia.
Según lo relata Obregón Loría en su libro Los primeros días de Independencia , en ese mismo día 29 se realizó un cabildo abierto extraordinario, y con el voto unánime se acordó: “1) Que se publique, proclame y jure solennemente [sic] el jueves 1 de noviembre la independencia absoluta del gobierno [sic] español. 2) Que absolutamente se observarán la Constitución y las leyes que promulgue el Imperio Mexicano”.
Lo importante. Aquí entramos en el tema de la famosa fecha: ¿por qué el 29 de octubre? Si de purismos y exactitudes se trata, debería proponerse el 1.º de noviembre pues el mismo documento señala que ese día “se proclame y jure la independencia”, no el 29 de octubre.
Es claro que el Cabildo Abierto de Cartago acordó la independencia de España aquel 29 de octubre, pero ¿fuimos independientes? No. Coincidimos con Obregón Loría cuando él señaló: “Ser independiente significa: no depender de nadie, ser completamente libre, manejarse con absoluta autonomía, gozar de plena soberanía”.
En tal sentido, no fuimos independientes: ni en aquel momento, cuando nos unimos al Imperio Mexicano, ni el 1.º de diciembre, con el Pacto de Concordia, ya que seguíamos teniendo gobiernos provisionales en espera de anexarnos a otros.
Tampoco fuimos independientes a pesar de hechos importantes, como la proclamación de la independencia de España y México, que Gregorio José Ramírez formuló el 5 de abril de 1823 después de su triunfo militar en Ochomogo. No fuimos independientes debido al decreto del 24 de setiembre de 1824. Este también señaló que el “Estado de Costa Rica es y será perpetuamente libre e independiente de España, México y cualquiera otra potencia” (Raúl Arias Sánchez, Áncora , 27/11/2011).
El decreto de setiembre queda desvirtuado cuando nos anexamos a otra entidad jurídica superior, como lo hicimos en 1823-1824 al pasar a formar parte de la República Federal de Centro América, hasta que, el 31 de agosto de 1848, se proclamó la República de Costa Rica.
Consecuentemente, puede observarse que es difícil determinar una fecha exacta para considerarla la conmemoración de la independencia. Esta no debe ser el producto de una ocurrencia.
El 15 de setiembre de 1821 no es la declaratoria de la Independencia de Centro América o de Costa Rica, como quedó dicho; pero sí es la fecha en la que se inició un proceso irreversible que nos condujo a dicha independencia. Eso es lo único que está claro y vale. Es más importante difundir el extraordinario proceso que siguió, único en América. En él, lo fundamental fue respetar los principios de legalidad, legitimidad y representación popular. El fuego de las ideas fue más importante que el de las balas de cañón. Sigamos con el 15 de setiembre..., ¡sin cartagadas!
El autor es historiador. Entre sus libros están 'La esclavitud negra en Costa Rica' y 'Costa Rica y sus hechos políticos de 1948'.