Se ha disipado cualquier duda sobre la entrada en vigencia del nuevo tributo el 1 de julio. Entrará, estemos o no preparados.
Nueva versión del reglamento del IVA debe aclarar si se derogaron las exenciones al sector turístico o vehículos electrónicos.
En la última columna plantee que tres aspectos requerían atención: período fiscal, tributación de los alquileres y de las holdings. Pero otros aspectos eran igualmente importantes y debo decir que muchas de las observaciones que respetuosamente sugerí a las autoridades, han sido incorporadas.
El nuevo período arranca el 1 de julio y eso implica el cierre al 30 de junio del período actual, pero la propuesta de reglamento relega la aplicación de las reglas nuevas hasta el 30 de setiembre o a la fecha de cierre que tengan las empresas: las que cierran en diciembre, aplicarían las reglas actuales y no las nuevas que aplicarían a partir de enero del 2020.
Del reglamento del IVA (Impuesto al Valor Agregado) publicado el 10 de abril (la tercera es la vencida), algunos aspectos puntuales que merecen atención.
Habría que recordar que aunque a uno sea a quien le afecte el IVA, al subir el precio del alquiler o de las medicinas, realmente este es un impuesto donde el contribuyente es el empresario, quien organiza factores productivos.