La resolución de la Sala IV sobre la constitucionalidad del proyecto de empleo público nos permite ver con más claridad la reforma que el país puede aplicar, en las circunstancias actuales, con el fin de ayudar a sanear las finanzas públicas.
A unos les parece insuficiente y a otros les parece excesiva, mientras que a algunos políticos, paradójicamente, les parece insuficiente, pero excesiva a la vez.
Lo cierto es que en este país, por dicha, todavía se respetan las reglas de la democracia y sus mecanismos de pesos y contrapesos. El Gobierno propuso e impulsó una reforma al empleo público; los partidos políticos representados en el Congreso tramitaron el proyecto y efectuaron sus enmiendas; y la Sala IV evacuó las consultas sobre el apego del plan a la Constitución.
El proceso tardó más de dos años y, finalmente, esta es la reforma posible:
1- Adiós a anualidades y demás incentivos
Es posible aplicar una reforma al empleo público que ordene a todas las instituciones del Estado abandonar el sueldo compuesto, sistema en el cual los servidores reciben un salario base complementado con diversos incentivos que varían entre entidades. Actualmente, existen más de 260 tipos de pluses salariales que desordenan y disparan el gasto público, al tiempo que generan inexplicables diferencias de sueldos entre puestos similares en distintas oficinas del Estado.
Algunas instituciones llegaron a pagar más en incentivos que en salarios base. El más costoso de todos los pluses es el pago por antigüedad, también llamado anualidades. Se trata de un beneficio creado décadas atrás, el cual se convirtió en una bola de nieve porque incrementa el gasto con el paso de los años por el factor tiempo, no por eficiencia o algún otro motivo. De hecho, mediante una ley aprobada en el 2020, los diputados eliminaron las anualidades de los años 2021 y 2022 para ahorrar ¢67.000 millones.
El plan de empleo público significa el adiós a las anualidades y demás incentivos. Evidentemente, los salarios acumulados hasta la entrada en vigencia de la ley serán respetados; a nadie se le rebajará el salario.
2- Hola al salario global
Es posible aplicar una reforma al empleo público que instaure el sistema de salario global o salario único, que consiste en pagar un sueldo competitivo para cada puesto en el Estado sin necesidad de pluses. Como dijo en entrevista con La Nación el magistrado presidente de la Sala IV, Fernando Castillo, lo que la Constitución garantiza a los funcionarios es un salario y “la modalidad es un tema de diseño legislativo”.
“El legislador se decanta por un salario compuesto o uno global; es válida una opción o la otra”, explicó.
El salario global se aplicaría tanto para funcionarios actuales como para los futuros.
De hecho, algunas instituciones como la Contraloría General ya habían introducido el salario global para controlar el gasto.
3. Rectoría limitada
Es posible que el Ministerio de Planificación (Mideplán) ejerza la rectoría del empleo público y emita lineamientos para definir el salario global, pero esa rectoría no puede cubrir a las instituciones con autonomía o con independencia de poderes.
4. Autónomas y poderes definirán sus salarios globales
Según explicó el magistrado Castillo, el Mideplán no le podrá definir el salario global al Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), las municipalidades y las universidades públicas.
Las dos primeras instituciones están cobijadas por el principio de separación de poderes y las otras tres tienen autonomía.
Serían los jerarcas de estas instituciones quienes tendrían que definir sus escalas de salario global con base en los principios que ordena la ley, como la disponibilidad de fondos públicos, la sostenibilidad y la competitividad para atraer personal.
Muchos se preguntarán quién ejercerá el control para evitar abusos. El magistrado respondió al respecto: “En el caso de la CCSS, municipalidades y las universidades, pues eso le corresponde a la Contraloría, de acuerdo con los artículos 183 y 184 de la Constitución Política”.
En el caso de los poderes, dijo que la Constitución establece una verificación en el Ministerio de Hacienda, donde se elaboran los presupuestos, y luego otra verificación en el Parlamento, donde se aprueban los planes de gasto.
5. Estandarización de puestos de labores comunes
El magistrado Castillo explicó que cada institución con independencia o autonomía deberá definir cuáles funcionarios realizan labores sustanciales para su fin, pues existen otros que realizan labores muy básicas, administrativas, “que bien pueden estar sometidos a regulaciones generales que implican a todo ese tipo de funcionariado”.
“La mayoría de la Sala entiende que hay labores que resultan comunes a toda la administración pública y en las cuales sí podría haber una estandarización en toda la administración pública”, agregó. Estos funcionarios sí podrían ser regulados por el Mideplán.
Para Castillo, órganos como la Procuraduría General de la República tendrán que ir ayudando en la correcta interpretación de la ley.
6. Límites a convenciones colectivas
Es posible una reforma al empleo público que prohíba negociar, en las convenciones colectivas, aumentos de salario, pluses, plazas o medidas que impliquen erogaciones de gasto para el Estado sin razonabilidad o proporcionalidad. La Sala declaró constitucional un artículo que establece cinco prohibiciones para estas negociaciones con sindicatos.
7. Transición
Es posible, según la sentencia de la Sala IV, el transitorio de la reforma que establezca la migración hacia el salario global de la siguiente forma:
-Los funcionarios actuales que ganen más del futuro salario global, en su respectivo puesto, no recibirán incrementos salariales hasta que el sueldo global los alcance.
-En el caso de los que ganen menos, continuarán con el salario compuesto y seguirán acumulando anualidades hasta que alcancen el salario global, momento en el que se hará traslado.
-Asimismo, se debe aplicar la regla fiscal establecida en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas del 2018, la cual establece que ningún salario puede recibir incrementos por costo de vida mientras la deuda pública supere el 60% del producto interno bruto (PIB).
8. Exclusión de empresas en competencia
Es posible excluir a las empresas en competencia de la reforma al empleo público
9. Tope a salarios
Es posible una reforma al empleo público que establezca, como tope salarial para los funcionarios universitarios, el salario del presidente de la República.
Actualmente, las ‘U’ públicas pagan salarios hasta de ¢9,9 millones, mientras que el mandatario Carlos Alvarado devenga ¢4,8 millones.
Si bien la reforma fiscal estableció que el sueldo del próximo presidente no podrá superar el equivalente a 25 sueldos del salario más bajo de la Administración, es decir unos ¢7,2 millones, el plan de empleo público dice que la Autoridad Presupuestaria deberá recalcular esta remuneración con base en estudios técnicos y responsabilidades.
10. Cláusula de conciencia
Es posible una cláusula de conciencia que permita a los funcionarios públicos rechazar capacitaciones obligatorias si consideran que estas vulneran sus convicciones.
11. Licencia de paternidad
Es posible una reforma al empleo público que introduzca una licencia de paternidad por un mes para los empleados públicos, así como otros permisos para casos de enfermedades graves.
12. Sin vicios de trámite, camino allanado
En sí misma, es posible convertir en ley la reforma al empleo público, pues la Sala IV no encontró vicios de procedimiento en el trámite.
Proyecto necesario en ajuste fiscal acordado con FMI
El presidente del Banco Central, Rodrigo Cubero, advirtió de que el Fondo Monetario Internacional (FMI) podría frenar los desembolsos del crédito de $1.778 millones otorgado al país si la reforma al empleo público no está aprobada para setiembre u octubre, pues se trata de un proyecto calificado como estructural para el control del gasto.
Incumplir con las reformas pactadas con el FMI dañaría la imagen del país y expondría los bolsillos de los ciudadanos, según Cubero.
El país ya recibió el primer desembolso de $293 millones del FMI y ahora, aun con la época electoral, debe encaminarse a trabajar sobre la agenda de ajuste fiscal pactada.
La calificadora de riesgo Ficth Ratings no es tan optimista y señala que la fragmentación del Congreso podría obstaculizar el saneamiento fiscal, tomando en cuenta la campaña electoral.
En el corto plazo, el plan de reforma al empleo público es fundamental para dar luz sobre el compromiso del país. El proyecto es enmendable y posible.
Ahora, veamos las primeras posiciones de los principales bloques políticos luego de la resolución de la Sala IV sobre el plan de empleo público:
Al principio, el PLN y el PAC, las mayores fracciones del Congreso, se pronunciaron con firmeza, en el sentido de que el plan puede ajustarse en la Comisión sobre Consultas de Constitucionalidad, para que se apegue a la resolución de la Sala IV.
Luego, el presidente Carlos Alvarado hizo hincapié en que el proyecto tiene el camino allanado, sobre todo porque la Sala IV no encontró vicios de procedimiento en el trámite legislativo. También, dijo que si alguien quería renegociar el acuerdo con el FMI que, entonces, gane primero las elecciones del 2022, pero él seguirá el camino trazado.
Sin embargo, luego en el PAC, parece que los vientos de campaña golpean con fuerza y la precandidata Carolina Hidalgo y el diputado Enrique Sánchez dijeron que no votarán el proyecto a menos de que se elimine la cláusula de conciencia, un mecanismo que ya fue declarado constitucional por los magistrados y que su compañero, Víctor Morales, negoció con el bloque fabricista Nueva República, el cual ha mantenido su apoyo al proyecto.
Hidalgo y Sánchez contradicen todo lo que dijeron en etapas previas, cuando señalaron que el plan era indispensable para evitar la crisis del país y que este era el proyecto posible.
Sin estos dos votos, el apoyo del PAC se reduciría a solo seis de diez diputados, pues ya habían votado en contra el también precandidato Welmer Ramos y Paola Vega en el primer debate.
En las tiendas de Gobierno, hasta ahora no ha habido una convocatoria del presidente a su fracción para discutir el tema, al menos no una que haya salido a la luz pública.
En el PLN, parece haber más claridad. La presidenta legislativa, Silvia Hernández, y el diputado Carlos Ricardo Benavides han hablado de la ruta a seguir en la Comisión de Constitucionalidad.
La jerarca, de hecho, tiene la potestad de fijarle plazo para emitir su dictamen a esa comisión, la cual es presidida por la también liberacionista Ana Lucía Delgado. La completan la independiente Zoila Volio, secretaria; Laura Guido, del PAC; Pedro Muñoz, del PUSC, y Eduardo Cruickshank, jefe de fracción de Restauración Nacional.
En el PLN, votaron en contra tres de los 17 legisladores en primer debate (Franggi Nicolás, Daniel Ulate y David Gourzong). Liberación ha conservado la calma sobre este tema tanto en el plenario como en las reuniones de la fracción con el candidato presidencia José María Figueres,
En el PUSC, continúan las excusas y los intentos por devolver el proyecto a etapas tempranas. Su princiipal oposición ha sido al transitorio que establece la forma en que los funcionarios actuales pasarían al salario global; la Unidad lo impugnó ante la Sala IV y este consideró que la forma de traslado es constitucional.
¿Se necesitan 38 votos para aprobar el proyecto en segundo debate? A la Sala no se le consultó directamente si el plan afecta al Poder Judicial. Además, eso dependerá de los ajustes que se hagan.