Si usted está afiliado a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y tiene una pareja en unión libre, en esta publicación le explicaremos paso a paso cómo puede asegurarla. De esta manera, su contraparte tendrá acceso a todos los servicios de salud que usted tiene.
Desde luego, el primer requisito para realizar este trámite es que usted sea asegurado directo, ya sea por medio de su trabajo o por un seguro voluntario. Si usted es asalariado, revise en su coletilla de pago que su patrono abone correctamente los montos correspondientes a su seguro.
Recuerde que la persona a la que usted asegure tendrá derecho a una atención integral en salud: curación, rehabilitación, asistencia quirúrgica, asistencia especializada, farmacia y todos los servicios que tiene cualquier asegurado. No hay diferenciación de servicios.
Pero antes de seguir con el procedimiento, aprovechamos para recordarle que el blog “¿Cómo hago mis trámites?”, ofrece una serie de temas que le pueden resultar útiles. Con las últimas publicaciones usted podrá aprender cómo solicitar en línea la reimpresión de la cédula, cómo empezar a ahorrar una pensión complementaria o cómo solicitar un préstamo en Conape.
De vuelta al tema del aseguramiento, La Nación consultó a los funcionarios de la CCSS Michael Rodríguez, de la Subárea de Normalización y Regularización Técnica, y Miguel Cordero, director de Coberturas Especiales de la Gerencia Financiera.
Ambos explicaron, en forma detallada, los pasos que debe seguir una persona para asegurar a su pareja. A continuación de los detallamos:
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Paso a paso
En primer lugar, es imprescindible que exista un vínculo y una dependencia económica entre el asegurado directo y la persona que desean asegurar. Si este requisito inicial no se cumple, el proceso no puede ser iniciado. Además, se deberá contar con los siguientes requerimientos:
- Documento de identificación de ambas personas.
- Revisión de libertad del estado civil de ambas personas. Ninguno de los dos puede aparecer como “casado” en el registro civil. En caso de uno de los dos aparezca como casado, la obligación correspondería al cónyuge.
- Firma de una declaración jurada sobre su convivencia.
- Completar y firmar la solicitud de beneficio familiar y presentarla en el establecimiento de salud más cercano de su lugar de adscripción.
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Solicitud en línea
Para procesar su solicitud en línea, debe ingresar a la página web de la CCSS. Ingrese en la pestaña “Trámites”, ubicada en la parte superior, a la derecha. Luego, ingrese a “Aseguramiento”; allí encontrará una lista de posibles gestiones de aseguramiento, donde encontrará la opción “Protección Familiar”.
En caso de que no la encuentre, puede anotarla en el buscador ubicado a la derecha de su pantalla. Inmediatamente, encontrará la opción de “Solicitud de Protección Familiar”. Si da clic ahí, se abrirá una sección en la que se ubican todos los recursos necesarios para procesar su solicitud, incluyendo instrucciones, reglamentos y documentos que debe entregar.
Allí, usted verá que la pantalla le presentará cuatro secciones principales: Requisitos, Descarga Documental, ¿Cómo lo hago? y Detalles Adicionales. Es de especial importancia la sección de descarga de documentos, pues será en esa pestaña donde usted debe descargar los formularios de solicitud que debe llenar y entregar.
Michael Rodríguez recalcó que tanto el asegurado directo como el beneficiado familiar tienen los mismos derechos de protección.
“Al momento de recibir atención integral, no por usted ser asegurado directo o beneficiario le van a dar una pastilla más o una pastilla menos. Cuando el médico nos atiende somos exactamente iguales. Sin embargo, lo único que no cubre al beneficiario familiar son las prestaciones de dineros, como subsidios o pagos de incapacidades”, explicó el profesional.
Con el propósito de disminuir los trámites personales en los centros de salud durante la pandemia, la CCSS realizó dos renovaciones automáticas de la Protección Familiar a abonados. Esto quiere decir que durante los dos últimos años, los beneficiarios no requirieron renovar este trámite, sino que se extendió automáticamente.
Asimismo, el envío de solicitudes se puede realizar vía digital, por correo electrónico, tal como se explica en las instrucciones de la página web citada. Luego, en los siguientes días se habilitará el número telefónico 905-CAJA (905-225200), donde le explicarán cómo realizar el trámite en línea.
Si usted ni su pareja pueden acudir al centro de salud, el trámite presencial de entrega de documentos puede ser realizado por cualquier persona. No obstante, la persona asignada debe contar con una carta que explique la situación y llevar los documentos detallados anteriormente.
El tiempo máximo de resolución por parte de las autoridades de la CCSS es de diez días hábiles.
En caso de dudas, ingrese a la página web www.ccss.sa.cr/directorio. Allí podrá buscar el número telefónico de su Ebáis o Área de Salud respectiva, para que le brinden el acompañamiento necesario.
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Por otra parte, si usted tiene alguna sugerencia respecto a un trámite que requiere realizar, pero no tiene claro por dónde empezar, escriba al correo roger.bolanos@nacion.com para que su propuesta sea considerada para futuras entregas.