A partir del 8 de enero, si los turistas extranjeros en Costa Rica quisieran entrar a restaurantes, sitios recreativos o participar en actividades turísticas deberán demostrar el esquema completo de una de las siete vacunas incluidas en el listado de autorización de emergencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
A partir de esta fecha los establecimientos comerciales pedirán certificado de vacunación a toda persona, nacional o extranjera, residente o turista para ingresar.
Ante consulta de La Nación, el Ministerio de Salud informó de que las vacunas incluidas en el listado actualizado este 4 de noviembre son:
1- Comirnaty, de la casa farmacéutica Pfizer y la empresa biotecnológica BioNTech.
2- Vaxzevria ( también llamada Covishield), elaborada por el laboratorio AstraZeneca y la Universidad de Oxford.
3- Spikevax, de la compañía Moderna.
4- Janssen, la línea de vacunas de Johnson & Johnson. Esta es la única en la que una dosis se considera esquema completo.
5- Vero Cell o Incov, de la farmacéutica china Sinopharm.
6- Coronavac, del laboratorio chino Sinovac.
7- Covaxin, del laboratorio indio Bharat BioTech.
Los esquemas deben estar completos, es decir, la aplicación de la totalidad de dosis indicadas para cada vacuna por parte de la casa farmacéutica y que la última dosis se haya aplicado al menos 14 días antes del ingreso al territorio nacional. Se aceptarán mezclas de esquemas (una dosis de un laboratorio y otra de otro) en tanto ambos productos sean parte de la lista.
De momento, quienes no las tienen pueden hacer cualquier actividad en Costa Rica, pero deben pagar un seguro para gastos médicos. Quienes sí tienen un esquema completo de estas vacunas están exentos del seguro.
La lista de Salud excluye otros biológicos que se aplican en diferentes países, tal es el caso de la vacuna Sputnik V, del Instituto Gamaleya de Rusia, o la vacuna del laboratorio chino Cansino o las vacunas cubanas Soberana o Abadalá. Estos biológicos han sido aplicados en países como Argentina, Nicaragua o México.
A través de la oficina de prensa, el Ministerio de Salud indicó que muchas de esos fármacos están bajo estudio de la OMS y que en cuanto ingresen al listado de emergencia podrán considerarse para omitir el seguro y que a partir del 8 de enero (o de la fecha en la que se ingrese a la lista de la OMS) se haga uso de los establecimientos y actividades no esenciales.
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¿Cómo se comprobará la vacunación a partir del 8 de enero?
Las personas que ingresan al país deberán completar su pase de Salud dentro de las 72 horas anteriores a su llegada y allí darán fe de sus vacunas. Con base en esa información se les generará un certificado de vacunación con el código QR, el cual les dará acceso a todas las actividades y establecimientos no esenciales.
Además, la resolución establece que cada persona debe portar la documentación que permita verificar el estado de vacunación. Esta debe tener al menos la siguiente información:
a. Nombre del titular, que permita vincular directamente el documento de vacunación con el pasajero.
b. Marca de la vacuna aplicada.
c. Fecha de cada dosis aplicada.
Esta documentación debe presentarse en inglés o en español. La presentación de documentación en algún idioma distinto puede imposibilitar su revisión y validación.
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Salud recuerda que no se le impedirá la entrada a ninguna persona no vacunada o con vacunas que no forman parte del listado. La obligatoriedad de la vacunación partirá en las mismas condiciones que para los nacionales y residentes: para establecimientos y actividades no esenciales, como restaurantes, cines, bares, tiendas, centros comerciales y actividades de ocio.
No es requisito para para lugares considerados esenciales como supermercados, bancos, farmacias y centros de salud.
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