Calcule su Pensión es una herramienta que creó La Nación para que las personas puedan estimar el monto que recibirían al retirarse tras cotizar para el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), con las reglas actuales.
La calculadora ofrece cuatro posibles escenarios a los que se enfrenta una persona al momento de su retiro, según la cantidad de años laborados y cotizados al IVM y la edad en que decida acogerse a la jubilación.
También, eleva automáticamente las pensiones que estén por debajo de los ¢134.169 y reduce las que superen el tope de ¢1.581.085.
La alternativa de jubilarse antes de tiempo con el IVM, pagando por ello un castigo en el monto de la pensión, no se incluyó en la calculadora porque esa opción desaparecerá del todo el 1.° de marzo del 2021.
Tampoco se incluyeron las reglas para quienes se jubilan mediante los regímenes especiales a cargo del Presupuesto Nacional, ni para quienes forman parte de los fondos de pensiones del Poder Judicial y del Magisterio Nacional.
Si usted quiere saber el número de las cuotas y los montos de los salarios cotizados, la oficina virtual de la CCSS le ofrece ese histórico, para lo cual usted debe suscribirse sin costo. Los sueldos allí reportados se tienen que traer a valor presente.
Si desconoce los rangos salariales que se le consultarán en la calculadora puede hacer un estimado con sus ingresos actuales, tanto en el promedio de 20 años como en el de cinco años.
Dele click aquí para utilizar la herramienta y calcular su eventual pensión.
Escenario N.° 1: 65 años y al menos 300 cuotas
Edad: 65 años para hombres y mujeres
Años laborados y cotizados: Mínimo 25 años (300 cuotas), ya sea en forma continua o sumando los periodos en que los acumuló, tanto para hombres como mujeres.
Monto de la pensión: La persona recibe un porcentaje predefinido por la CCSS del promedio de los salarios recibidos durante sus últimos 20 años cotizados (240 cuotas). Ese porcentaje se calcula con una tabla (ver tabla) según el sueldo promedio cotizado de sus últimos cinco años (60 cuotas). El resultado de ese cálculo se le conoce como cuantía básica.
Porcentaje adicional por cuotas extra: Después de las primeras 240 cuotas aportadas, por cada cuota extra se le suma una cuantía adicional equivalente al 0,0833% del salario promedio de sus últimos 20 años cotizados (240 cuotas).
Por ejemplo, si su cuantía básica es del 51% usted obtendrá un 0,0833% adicional (un 0,9996% anual) por cada cuota mensual adicional a partir de la 241.
Escenario N.° 2: Mucho más cuotas, pero menos edad
Edad: Mujeres a partir de los 59 años y 11 meses; hombres a partir de los 61 años y 11 menos
Años laborados y cotizados:
-Mujeres: Mínimo 37 años y seis meses (450 cuotas), ya sea en forma continua o sumando los periodos en que lo hizo.
-Hombres: Mínimo 38 años y seis meses (462 cuotas), ya sea en forma continua o sumando los periodos en que lo hizo.
A partir de esa edad mínima, el número de cuotas varia, entre más cerca esté la persona de los 65 años de edad, menor es el número de cuotas requeridas. (Ver tabla)
Monto de la pensión: La persona recibe un porcentaje predefinido por la CCSS del promedio de los salarios recibidos durante sus últimos 20 años cotizados (240 cuotas). Ese porcentaje se calcula con una tabla (ver tabla) según el sueldo promedio cotizado de sus últimos cinco años (60 cuotas). El resultado de ese cálculo se le conoce como cuantía básica.
Porcentaje adicional por cuotas extra: Después de las primeras 240 cuotas aportadas, por cada cuota extra mensual se le suma una cuantía adicional equivalente al 0,0833% del salario promedio de sus últimos 20 años cotizados (240 cuotas).
Escenario N.° 3: Jubilación después de los 65 años
Edad: 65 años
Años laborados y cotizados: Mínimo 25 años (300 cuotas), ya sea en forma continua o sumando los periodos en que lo hizo, tanto para hombres como mujeres.
Monto de la pensión: La persona recibe un porcentaje predefinido por la CCSS del promedio de los salarios recibidos durante sus últimos 20 años cotizados (240 cuotas). Ese porcentaje se calcula con una tabla (ver tabla) según el sueldo promedio cotizado de sus últimos cinco años (60 cuotas).
Porcentaje extra por postergar la edad de retiro: Si la persona decide pensionarse después de los 65 años, el IVM le otorga un 1,6% adicional, sobre su salario de referencia (cuantía básica), por cada año laborado de más.
Ese porcentaje por postergación es el único monto que puede superar el tope a las pensiones de lujo (¢1.581.085).
Escenario N.° 4: A 65 años, pero con pensión reducida
Edad: Mínimo 65 años
Años laborados y cotizados: Mínimo 15 años (180 cuotas), ya sea en forma continua o sumando los periodos en que lo hizo, tanto para hombres como mujeres.
Monto de la pensión reducido: El monto de la pensión será proporcional al número de cuotas aportadas. La suma final se obtiene multiplicando la cuantía básica que le hubiese correspondido si hubiese cumplido las 300 cuotas, por el número de contribuciones aportadas y dividiendo ese resultado por 300.