El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) redujo la salvaguardia o impuesto añadido a la importación de azúcar del 34,27% adicional a 27,68%, al resolver un recurso de apelación presentado por la empresa comercializadora La Maquila Lama.
La resolución de la ministra del MEIC, Victoria Hernández, se publicó en el diario oficial La Gaceta, este martes 18 de agosto, y se decide sobre la base de una primera resolución divulgada el 15 de junio pasado.
De esa manera, el impuesto total al azúcar importado queda fijado en 72,68% (45% original más 27,68% de la salvaguardia) sobre el valor CIF o en puerto de ingreso del producto, incluidos seguros y transporte. Con la primera decisión apelada el impuesto total había quedado en 79,27%.
Juan Carlos Sandoval, gerente general de La Maquila Lama, empresa importadora afectada, anunció que elevarán el caso al Tribunal Contencioso y Administrativo, posiblemente la próxima semana.
Esta acción en lo judicial irá acompañada con el pedido de una medida cautelar, es decir, que se suspenda la decisión del MEIC mientras se realiza la investigación del Contencioso, detalló Sandoval.
Agregó que se mantendrán en el mercado y que de ser necesario asumirán pérdidas en algunos meses para no elevar el precio al consumidor.
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La salvaguardia o impuesto adicional es temporal, pues es una protección mientras se corrigen los problemas de mercado, según los acuerdos internacionales de comercio. En este caso del azúcar, el MEIC la puso en vigencia para tres años.
Una salvaguardia añade un arancel temporal al impuesto de entrada original de un producto, como medida de compensación si se comprueba que se realizan importaciones grandes a precios menores que están perjudicando a la producción local.
El impuesto de entrada o arancel original al azúcar de importación es del 45%.
Proceso
En este litigio, la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (Laica) solicitó al MEIC la imposición de la salvaguardia desde el 8 de julio del 2019, cuando se conoció públicamente.
La entidad adujo un impacto de las crecientes importaciones sobre la producción y la industria local del edulcorante.
La primera resolución del MEIC basada en un estudio de la Unidad de Defensa Comercial se conoció el 15 de junio pasado. Esta primera medida fue apelada por la empresa importadora La Maquila Lama, la principal afectada con la imposición de aranceles adicionales al producto.
“Se declara parcialmente con lugar el recurso presentado por el representante de la empresa La Maquila Lama, únicamente en cuanto al aspecto del cálculo derecho de salvaguardia”, dice la nueva resolución publicada este martes en La Gaceta.
La imposición de salvaguardias se debe comunicar a la Organización Mundial del Comercio (OMC) y a partir de ese momento se abre un periodo de 30 días para que países presenten reclamos si se consideran perjudicados.
En este caso del azúcar con Costa Rica, las naciones de donde proceden las importaciones son Brasil y Canadá. De acuerdo con los mecanismos internacionales de comercio, los países perjudicados piden explicaciones en esos 30 días y de no existir un pacto el tema se eleva a la OMC.
En algunas ocasiones, las naciones que se consideran perjudicadas solicitan que se les reciba una cuota del producto afectado sin pagar aranceles.