A partir del 31 de julio del presente año, cualquier patrono que emplee a algún trabajador ilegal se expone a una multa de hasta ¢5 millones según la gravedad de los hechos y el número de personas extranjeras a las que se les otorgue trabajo en condición irregular. Lo anterior lo determina la Ley de Migración y Extrajería N°8764 en su artículo 177.
De acuerdo con el texto de la ley, las personas físicas o los representantes de las personas jurídicas, públicas o privadas, que proporcionen trabajo u ocupación a personas extranjeras no habilitadas, para que ejerzan actividades laborales en el país o realicen actividades diferentes de las autorizadas, serán sancionadas por la Dirección General con una multa que oscilará entre dos y hasta doce veces el monto de un salario base, hoy establecido en los ¢423.000.
Kathya Rodríguez, directora de Migración y Extranjería, explicó que sería la primera vez en que se cobraría una multa en el país por este tipo de acciones. Pues si bien la Ley entró en vigencia desde el 1 de marzo del 2010, no fue sino hasta el 2012 cuandó se publicó el reglamento que determinaría el proceder de la legislación.
A su vez, desde ese momento se han establecido una serie de transitorios que han impedido el cobro de estas sanciones.
El último de ellos se estableció en setiembre del 2013, donde se estipuló un periodo de gracia, que vence el 31 de julio del presente año, para que los patronos pudieran poner en la legalidad todos sus empleados.
"Hemos visto que estos transitorios no han sido muy efectivos. Desde la fecha en que se han extendido los plazos solo han sido regularizados unas 2.500 personas en el sector agrícola, por ejemplo, un número muy bajo. Sin embargo, pese al poco impacto que han tenido, si debe quedar claro que no buscamos que se pague solo una multa sino conocer la necesidad de cada trabajador y ponerlo al día", comentó la directora.
Prórroga en veremos. Mónica Segnini, presidenta de la Cámara de Exportadores de Costa Rica (Cadexco) aseguró que en representación del sector productivo nacional trabajan en que ese momento de cobrar multas no llegue a la brevedad y por el contrario, buscan soluciones conjuntas que resulten en brindar un estatus legal migratorio a los trabajadores que lo requieran.
Según Segnini, la Cámara ha planteado el que se cree un periodo de gracia para el arranque del cobro de las multas y que se trabaje de forma paralela en la categorización de apartados especiales que alberguen a los trabajadores por tipo de actividad (agropecuaria, construcción, doméstico).
Rodríguez confirmó las propuestas, pero no aseguró que sean estos los pasos a seguir.
"Ahora trabajamos bajo un marco muy cuadrado de Ley y tenemos que entender que los trabajores estacionales se escapan de este esquema. A ello se le auna que la mayoría de los trabajodores extranjeros que ingresan en el país, por ejemplo, nicaragüenses, vienen desde su país sin los papeles correspondientes", agregó Segnini.
Información recopilada por Cadexco detalla que el sector agrícola es uno de los más dependientes de la mano de obra foránea, por ejemplo, el sector piñero emplea una cantidad de 5.444 trabajadores migrantes y adicionalmente requiere de 845 personas durante la época de recolección de la fruta.
El sector cafetalero, por su parte, tiene una participación de recolectores extranjeros que va desde el 50% a 60% del total de la contratación.