
Aún existe una posibilidad para adelantar la pensión del IVM, pero es necesario tener muy claros los requisitos y un ajuste que todavía debe hacer la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Si bien las condiciones más favorables expiraron el 11 de enero del 2024, tampoco es imposible hacerlo.
Un requisito millonario
El requisito económico es tener un fondo de pensión voluntaria en el que la persona haya depositado suficiente dinero para pagar a la CCSS el dinero que recibirá durante el periodo de anticipo, incluyendo el aguinaldo. Se trata de cifras que suelen calcularse en millones de colones; todo depende de la edad y del salario promedio.
Por tanto, si aún está lejos de la pensión y quiere dar el primer paso, lo fundamental es que abra una pensión voluntaria.
Para tener una idea, quienes adelantaron la jubilación en los últimos años, con mejores condiciones, pagaron un promedio ¢32 millones. Sin embargo, hubo casos excepcionales en los que se cancelaron hasta ¢105 millones.
Más años, más dinero por pagar
En cuanto a la edad, la CCSS establece que el retiro anticipado se puede hacer a partir de los 57 años.
Sin embargo, es necesario recordar que la Caja elevó la edad ordinaria de pensión a los 65 años para los hombres (con al menos 300 cuotas) y a los 63 para las mujeres (con al menos 405 cuotas).
Esto significa que, si un hombre quisiera adelantar la pensión a los 57 años, tendría que pagar el equivalente a ocho años, lo cual se convierte en una suma muy onerosa. En el caso de las mujeres, tendrían que pagar por seis años.
Tampoco es obligatorio anticipar a los 57 años. La gestión se puede hacer a cualquier otra edad, a los 62, 63 o 64 años, por ejemplo, lo que de hecho reduciría el monto por pagar.
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Un ajuste pendiente en la CCSS
No obstante, la CCSS aún debe hacer un ajuste para corregir una contradicción legal.
En agosto del 2021, la institución eliminó la posibilidad de anticipar la pensión sin necesidad de pagar. Antes, por ejemplo, los hombres podían retirarse a los 62 años y las mujeres a los 60, si tenían un alto número de cuotas.
Cuando elevó las edades a 65 y 63 años, respectivamente, la Caja no modificó el inciso c del artículo IV del reglamento de retiro anticipado, el cual establece que “el período de anticipación no podrá superar los cinco años”.
La permanencia de ese artículo es contraproducente con lo establecido en el inciso a, en el que se fija el mínimo de 57 años.
La Junta Directiva de la Caja debe modificar la normativa, pero lo ha hecho. La propuesta de reforma para establecer hasta ocho años de anticipo aún está en trámite en la Gerencia de Pensiones, previo a su envío a la Junta Directiva.
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‘Será más costoso para el afiliado’
“El objetivo es que el retiro anticipado se pueda realizar desde los 57 años, lo cual será más costoso para el afiliado, dada la reforma de enero 2024, pero consideramos que la posibilidad debe darse por lo que indica la Ley de Protección al Trabajador”, explicó Ubaldo Carrillo, director de Pensiones.
Él y Jaime Barrantes, gerente de Pensiones, coincidieron en que el anticipo ahora será un beneficio mucho más caro.
Barrantes confirmó que no se ha recibido ninguna solicitud para adelantar más de cinco años. “Con el cambio el hombre podría anticipar hasta ocho años y las mujeres seis años. La solicitud con estos plazos sería muy costosa, pero debe hacerse la modificación si se recibe algún caso”, confirmó.
Así se calcula el pago
Además de contar con 57 años y un fondo de pensión voluntario, quien desee optar por esta modalidad de retiro debe contar con 360 cuotas acreditadas, es decir, 30 años de cotizar para el régimen básico.
Adicionalmente, el afiliado deberá tener el ahorro necesario en su jubilación voluntaria para pagar el monto previsto por la Gerencia de Pensiones de la CCSS.
La ley dicta que la persona solo puede utilizar dinero de dicho régimen y su operadora de pensiones complementarias (OPC) es la que debe realizar la transferencia del dinero a una cuenta bancaria designada por la institución autónoma.
Ahora, ¿por qué el monto a pagar es de millones de colones? La respuesta está en la fórmula usada por la Caja para determinar el monto a cancelar.
Primero, el afiliado debe tener claro que el pago no corresponde a cotizaciones futuras, sino que la institución calcula el monto de pensión que recibirá la persona por el periodo de anticipo, incluyendo el décimo tercer mes.
También, se estima la contribución del 13,75% que el IVM hace al Seguro de Salud por la atención médica de cada pensionado y los costos de la Caja por la administración del régimen de jubilaciones.
Entonces, una vez calculados todos los rubros, la entidad verifica la totalidad de meses que anticipará la persona y cuantifica el monto total a pagar.
