Las entidades financieras elevaron los requisitos para dar préstamos y ajustarse a la reciente reforma legal conocida como de “intereses de usura”, que las obliga a no otorgar una deuda si esta le impide a una persona recibir, al mes, el salario mínimo, es decir ¢199.760.
La decisión tiene como objetivo evitar una sanción, de hasta el 2% de su patrimonio, si se comprueba que incumplió con la nueva ley que limita las deducciones en el sueldo de un trabajador.
La normativa es de acatamiento obligatorio para toda entidad acreedora, es decir, bancos, cooperativas, financieras, mutuales, cajas de ahorro y empresas prestamistas.
Cada institución financiera estableció sus propios parámetros internos; pero entre las medidas coincidentes están un análisis de capacidad de pago más riguroso, elevar el sueldo líquido solicitado para optar por un crédito; así como exigir codeudores, fiadores o garantías al cliente.
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Así lo confirmaron a La Nación las nueve entidades supervisadas que poseen, en conjunto, la porción más relevante del saldo de préstamos otorgado en el sistema financiero costarricense.
La mayoría de las empresas coincidieron en que la norma implicará modificaciones relevantes a las reglas del crédito en el país.
Para Bernardo Alfaro, jerarca de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), el cambio legal es muy relevante, pues obliga a las instituciones a no financiar ni a refinanciar a personas con altos niveles de endeudamiento.
“Obligará a varias entidades a reajustar sus políticas de crédito y establecer mejores límites prudenciales para dar crédito a personas, lo que permitirá una mejor selección de deudores con mayor capacidad de pago”, destacó el funcionario.
Las modificaciones de que advierte Alfaro ocurrieron de manera inmediata. Por ejemplo, en el Banco Nacional, decidieron elevar a ¢300.000 el salario usado como referencia para otorgar un crédito, reconoció Allan Calderón, subgerente de Crédito y Finanzas de la institución estatal.
“Las entidades para no incumplir la ley van a tener que solicitar dentro de los requisitos un aumento (de ingreso salarial), lo cual se traduce en que un sector de clientes no pueden acceder solos a una nueva deuda, o van a requerir de un codeudor”, dijo Calderón.
El Banco Popular destacó que la nueva legislación implica un reto para todo el sistema financiero.
“Hemos llevado adelante (…) una revisión de nuestros productos con el fin de garantizar la mayor cobertura posible de servicio, en particular a los clientes de menor ingreso líquido disponible”, informó la entidad, por escrito.
En octubre del año pasado, el Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplán), detalló que en el Gobierno había más de 35.000 funcionarios a quienes las deducciones salariales les implicaba recibir un salario por debajo del mínimo.
En el caso de los deudores del sector privado, la Sugef informó de que no cuentan con la información requerida para determinar cuántos trabajadores reciben menos de ¢199.760 por mes, tras las retenciones de deudas crediticias.
Limites en revisiones
La reforma legal también establece que, antes de brindar un nuevo crédito, la entidad debe solicitar al cliente una autorización para tener acceso al Centro de Información Crediticia (CIC) de la Sugef.
Este es un sistema que contiene el historial crediticio de todos los deudores con entidades supervisadas con información sobre el tipo de préstamo, si el cliente es fiador, codeudor o avalista.
Adrián Rodríguez, gerente de la Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito, destacó que en el CIC no es posible ver el salario líquido de una persona, ni las deudas con empresas no supervisadas, como tiendas de electrodomésticos.
“La ley me exige consultar un sistema con información desactualizada y me exige respetar un salario mínimo sin poder ver el verdadero salario líquido de la persona. Eso es un desafío. Sin una transformación profunda del CIC es difícil aplicar el espíritu de la ley”, recalcó Rodríguez.
Sobre este mismo punto, Raúl Espinoza, presidente del Movimiento Solidaristas, destacó que en el país hay más de 1.400 asociaciones solidaristas, pero solo cinco pueden revisar de manera directa CIC al ser las únicas supervisadas por Sugef.
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“El requisito de las personas para obtener su historial crediticio es tener firma digital para hacer el trámite ellos, o ir a la entidad financiera regulada y pedir su historial. Al final, el temor es no cumplir la disposición de la ley”, recalcó Espinoza.
Por su parte, Caja de ANDE calificó la nueva norma como desproporcionada, pues limita la posibilidad de una persona de obtener un crédito, y a la entidad, de efectuar una deducción directa debido a la multa en caso de otorgar un crédito que deje a un deudor por debajo del salario mínimo
“La ley es desajustada a la realidad del Magisterio Nacional, donde hay unidades familiares con dos salarios, y comprometen uno de ellos con los créditos más favorables de Caja de ANDE”, informó la entidad, por escrito.
Los docentes miembros del Ministerio de Educación Pública son uno de los colectivos, dentro del sector público, con niveles altos de endeudamiento. En el 2018, el 60% de los maestros tenían comprometidos por deudas más de la mitad de su remuneración.