Banca

Banca impone límites a transferencias internacionales de sus clientes

Entidades ofrecerán servicio de transacciones al extranjero solo al cliente que tenga cuenta bancaria

Las nuevas reglas de la banca para las transacciones internacionales de recursos, acordadas por 14 bancos, buscan luchar contra el lavado de dinero. (Melissa Fernández)

San José.

Los bancos que participan en el sistema financieros costarricense impondrán límites a las transacciones internacionales de recursos de sus clientes.

Las empresas que hagan o reciban montos que superen la suma de $50.000, por operación, deberán acreditar el origen del dinero. Para las personas físicas el monto será de $25.000.

Estas reglas fueron firmadas y aceptadas por los 14 bancos, entre públicos y privados, que operan en Costa Rica y son parte de la Asociación Bancaria Costarricense (ABC).

El objetivo de las directrices es prevenir el lavado de dinero y homologar el protocolo bancario para las transacciones internacionales de sus clientes.

Los parámetros quedaron establecidos en el reglamento Auto-Regulación para el Monitoreo de Transferencias Internacionales para la Prevención de la 
Legitimación de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo aprobado por la ABC en octubre del 2016.

El inicio de la implementación de las normas se fijó para enero anterior pero la Asociación dará tiempo adicional si un banco lo solicita.

Daniel Bañados, de la Comisión Oficiales de Cumplimiento de la ABC, explicó que la norma busca detectar las transacciones atípicas, y no las de aquellas compañías o personas con un historial reconocido y justificado de movimiento de recursos, por ejemplo, las dedicadas al comercio exterior.

Las normas aprobadas son un complemento a las reformas aprobadas, el año pasado, para cumplir con acuerdos internacionales sobre el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.

LEA: Costa Rica a punto de entrar en lista gris por lavado y medidas contra terrorismo

Nuevas reglas. La primera regla de las transacciones internacionales es que será obligatorio contar con una cuenta bancaria en la entidad donde se haga la operación.

Además, no se permitirán hacer las transacciones en efectivo; primero se deberá depositar el dinero.

Bañados explicó que el objetivo de estas normas es estandarizar las operaciones en toda la banca.

Por otra parte, cuando el banco detecte un movimiento de dinero no acorde al perfil del cliente, pedirá al usuario el justificante del origen de los recursos.

"Dependiendo de la operación, los clientes podrán presentar documentos como contratos, facturas, pólizas de exportación, entre otros documentos, que permitan justamente respaldar los fondos como parte de una operación lícita y dentro del flujo normal de sus operaciones y su perfil transaccional", enfatizó Bañados.

Adicionalmente, los datos de quien envía y quien recibe el dinero deberán verificarse, por parte del banco, en las listas internacionales de terroristas aprobadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

Óscar Rodríguez

Óscar Rodríguez

Editor de Economía. Máster en Periodismo Económico de la Universidad Rey Juan Carlos de España. Escribe sobre finanzas y macroeconomía. Ganador del premio Jorge Vargas Gené 2015 y Distinción del Mérito Periodístico 2011 de Canatur. Redactor del año La Nación en 2017.

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