La calificación de riesgo crediticio de los deudores del sistema financiero será catalogada como “mala” cuando el cliente niegue o no mantenga una autorización vigente al banco para consultar su historial de pago. Incluso, la entidad podrá declinar brindarle servicios financieros a la persona o la empresa.
Así se establece en una serie de reformas reglamentarias aprobadas en firme, el pasado 21 de agosto, por parte del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif).
Los cambios normativos también obligan a los bancos, cooperativas, mutuales y financieras a efectuar mayores estimaciones en todos los préstamos de quienes no permiten la revisión del Centro de Información Crediticia (CIC).
La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) confirmó a La Nación que, hasta setiembre del 2023, 80.254 deudores no tenían registrada una autorización bancaria para consultas en el CIC, es decir, el 6% de los 1,3 millones de clientes con una operación crediticia.
La entidad fiscalizadora criticó la opacidad provocada al sistema financiero por parte de estos deudores, porque limitan la revisión real de su capacidad de pago.
“El deudor se puede ver perjudicado al no tener acceso a nuevos productos crediticios, ya que la entidad, al tener que elevar el nivel de riesgo, consecuentemente eleva el nivel de estimaciones”, destacó la Sugef, por escrito, sobre las consecuencias de los cambios aprobados.
Con estimaciones se refiere a una reserva que la entidad financiera debe hacer de un porcentaje del monto prestado al deudor; entre más riesgosa la operación de crédito, mayor es la reserva.
En el acuerdo del Conassif se argumentó que, cuando no hay permiso para consultar el CIC, el cliente no contribuye con la transparencia en el sistema financiero y debilita la identificación oportuna de situaciones de deterioro como el aumento de la morosidad, el nivel de endeudamiento de las personas, cancelación de préstamos por cobro judicial o la incobrabilidad de deudas.
El CIC es una plataforma en la cual todas las entidades supervisadas por Sugef dan mensualmente el detalle del tipo de crédito, saldo, plazo e historial de pago de cada uno de sus clientes.
Las reglas modificadas por el Consejo fueron el Reglamento sobre Cálculo de Estimaciones Crediticias y el Reglamento del Centro de Información Crediticia.
Así se califica al cliente
Todos los deudores en el sistema financiero son clasificados en ocho diferentes categorías de riesgo que analizan el nivel de morosidad del cliente.
Los bancos pueden catalogar al deudor desde A1 a E. En el primero, la persona tiene el pago de sus préstamos al día; mientras que E son quienes están con atraso de más de 181 días o en proceso de cobro judicial.
El acuerdo del Conassif, dicta que quien no brinde acceso al CIC tendrá una nota de riesgo entre C1 o E, es decir, las categoría en las cuales la operación se cataloga como mala porque la morosidad es de tres meses o más. Dicho empeoramiento ocurrirá, pese a que el cliente mantenga un buen récord crediticio de pago.
La información de la Superintendencia, a setiembre pasado, muestra que 135.771 deudores estaban dentro de estas categorías de mayor riesgo, ¢2.098.271 millones en préstamos, es decir, el 7,3% del total de dinero prestado por la banca, que asciende a ¢28.661.617 millones.
Según los datos de las entidades financieras, el 90% de sus clientes, o sea 1,2 millones, tienen una buena calificación (A1, A2, B1 y B2) porque están al día en el pago o como máximo tienen un atraso de dos meses. A este grupo se le han prestado ¢26.563.346 millones, el 92,7% del total de recursos.
Los otros elementos de análisis de los deudores son su comportamiento de pago histórico en el cual se agrupa por nivel de bueno, aceptable o deficiente.
Mientras que la capacidad de pago se clasifica en clientes que sí pueden pagar sus deudas, quienes tienen debilidades leves, los de debilidades graves y quienes del todo no tienen capacidad de pago.
La normativa crediticia también ordena tomar en cuenta estas dos variables cuando se analiza una petición de financiamiento.
Consecuencias
Gina Carvajal, gerente general del Banco Popular, explicó que cuando un cliente es reclasificado a una mayor nivel de riesgo, la entidad financiera eleva su gasto de estimaciones, para cubrir el eventual impago, y el dinero se toma de las utilidades, con lo cual las ganancias se ven afectadas.
La jerarca reconoció que, cuando ocurren tales escenarios, el banco acreedor valora medidas como ajuste en las tasas de interés, lo cual puede afectar a otros deudores.
En tanto, Kattia Ramírez, subgerente de Riesgo del Banco Nacional, explicó que la consulta al Centro de Información Crediticia es muy relevante porque se ven todas las operaciones de préstamo de la persona o compañía, en todo el sistema financiero supervisado.
“Una entidad podrá valorar el endeudamiento y comportamiento de pago del cliente (al consultar el CIC), aspecto que es fundamental para determinar si el cliente puede ser sujeto a un otorgamiento de crédito”, aceptó Ramírez.
Marco Agüero, gerente de Relaciones Públicas de Davivienda, coincidió en que sin la consulta a la plataforma de la Sugef no es posible calcular el nivel de endeudamiento y capacidad de pago del cliente, cuando se estudia una petición de financiamiento.
Scotiabank y el Banco de Costa Rica (BCR) reconocieron que cada entidad puede brindar un crédito a un deudor, pese a no existir una autorización vigente de consulta en el CIC.
Sin embargo, todas las entidades consultadas por este diario coincidieron en que se reservan brindar o declinar un crédito cuando no hay una autorización de consulta al Centro de Información Crediticia por carecer de datos históricos de la persona o empresa que solicita el financiamiento.